La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios realiza vigilancia especial a las empresas distribuidoras del servicio de energía eléctrica respecto a la remuneración de activos propiedad de terceros, a raíz de las múltiples denuncias presentadas por los usuarios.
Dentro de las evaluaciones integrales que desarrolla la superintendencia delegada para Energía y Gas Combustible a los operadores de red del sector eléctrico, ésta verifica el cumplimiento de la regulación vigente expedida por la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG), en relación con la propiedad de activos.
Al respecto, la Resolución CREG 097 de 2008, capítulo 6, numeral 6.6., estableció el procedimiento que deben llevar a cabo los distribuidores y comercializadores para remunerar el uso de los activos propiedad de sus usuarios de nivel de tensión 1, que son utilizados por el operador de red para prestar el servicio. Dicho procedimiento es vigilado por la Superservicios.
El superintendente delegado para Energía y Gas Combustible, Rodrigo Franco Ashton, señaló: “para la Superintendencia es de vital importancia que los usuarios denuncien los casos en los que consideran que se ha vulnerado su derecho a recibir remuneración por activos que son de su propiedad, utilizados por el operador de red para llevar a cabo la actividad de distribución de energía eléctrica”.