Audiencia que definirá libertad del expresidente Uribe será el 8 de octubre | El Nuevo Siglo
Foto Diana Rubiano- El Nuevo Siglo
Martes, 6 de Octubre de 2020
Redacción Web

Para el próximo 8 de octubre a las 9 de la mañana se programó la audiencia en que el Juzgado 30 de Garantías definirá la solicitud de libertad del expresidente Álvaro Uribe. 

La diligencia se adelantará después de que la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia ratificara la competencia de la Jueza 30 de Garantías de Bogotá para resolver solicitud de la defensa del exsenador y determinará que el caso debe seguir por la Ley 906 de 2004. 

Esta decisión es absolutamente clave para definir la situación del exmandatario, quien se encuentra en detención domiciliaria desde hace poco más de dos meses tras la medida de aseguramiento que le dictó la Sala de Instrucción de la misma Corte.

Cabe recordar que, desde la primera audiencia ante la jueza Ximena Salcedo, quedó establecido que había dos interpretaciones sobre el régimen aplicable.

Por un lado, tanto el fiscal del caso, Gabriel Jaimes, como la delegada de la Procuraduría, María Lourdes Hernández, así como el abogado defensor, Jaime Granados, reiteraron que el proceso debe regirse por la Ley 906 de 2004, base del sistema penal acusatorio, bajo el cual se adelantan todos los procesos en la Fiscalía.

Mientras que el abogado Reynaldo Villalba, apoderado del senador del Polo, Iván Cepeda, constituido en parte civil; así como el expresidente de la Corte Constitucional y ex fiscal general, Eduardo Montealegre, y el ex vicefiscal Fernando Perdomo (quienes piden que se les reconozca como víctimas) sostienen que si bien el proceso fue trasladado por la Corte Suprema al ente acusador, el régimen penal no tiene por qué cambiarse.

En ese orden de ideas, Salcedo decidió solicitar a la Corte estudiar la posibilidad de que el expediente continuará desde el mismo punto y con la validez procesal que llegó a la Fiscalía cuando se lo remitió la Sala Especial de Instrucción del alto tribunal, petición que ya fue respondida con la decisión mencionada. 

 

Acá la carta donde se confirma la hora y fecha de la diligencia: 

carta