Declarada emergencia carcelaria: ¿Quiénes quedarían libres? | El Nuevo Siglo
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Lunes, 23 de Marzo de 2020
Redacción Web

Mediante la resolución 1144, el Instituto Nacional Penitenciario (Inpec) declaró la emergencia carcelaria en todo el país, medida con la que su director el general Norberto Mujica, podrá entre otras cosas, mejorar la situación de los penales en medio de la contingencia del coronavirus.

Según la justificación del Decreto, “el país y el sistema carcelario en este momento afrontan una crisis por la afectación global del coronavirus, situación que no solo desborda las capacidades del mismo Estado sino que además, afecta ciertos grupos vulnerables, dentro de los cuales se encuentran los privados de la libertad”.

Así mismo, el Inpec aseguró que en el Concejo Penitenciario se conoció “la existencia de numerosas circunstancias que afectan el buen funcionamiento del sistema penitenciario mediante el procedimiento previsto en situación de normalidad”.

La ley 1709 de 2014 que modificó el Código Penitenciario le da al director del Inpec, previo el concepto favorable del Consejo Directivo de la entidad, la capacidad de decretar el Estado de Emergencia penitenciaria “cuando sobrevengan graves situaciones de salud y de orden sanitario; o que las condiciones higiénicas no permitan la convivencia en el lugar; o ante la inminencia o el acaecimiento de calamidad pública”.

Según la ley, el general Mujica “podrá disponer de los traslados de los internos que se requiera a los lugares indicados. De igual manera, se podrán clausurar los establecimientos penales, si así lo exigen las circunstancias”.

La Ley, también faculta al general Mujica y al director de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (Uspec), Ricardo Varela, para “hacer los traslados presupuestales y la contratación directa de las obras y servicios necesarios para conjurar la emergencia, previo concepto del Consejo Directivo del Instituto”.

Por ahora, no se conocen las medidas que tomará Mujica al amparo de la emergencia, pero a través de una videoconferencia les trazó directrices a los directores de las cárceles.

 

Detenciones domiciliarias

                                                                                                                                                               

El penalista Francisco Bernate le aseguró a EL NUEVO SIGLO que el general Mujica en esta emergencia deberá “establecer la salida de personas que están en prisión: los mayores de 60 años, las personas enfermas, las mujeres que tienen la condición de madre cabeza de familia. Esas personas no tienen por qué estar en la cárcel. Deben ser enviadas de inmediato a detención domiciliaria”.

El jurista indicó que, en esta emergencia carcelaria, el Inpec puede comprar muy fácil “por lo que se necesita de manera urgente dotar a los internos de medios como tapabocas, gel antibacterial, para que haya seguridad en esta emergencia”.

Bernate agregó que, “es indiscutible que en estos días hubo un plan de fuga, lo cual es condenable, cuestionable, pero también es cierto que la situación carcelaria en Colombia está en las peores condiciones desde hace mucho tiempo y nadie hace nada. Es cierto que muchos internos querían hacer un motín y pretender una fuga, pero eso no puede desconocer la legitima protesta que adelantaron algunos internos, porque hay un riesgo en su vida”.

 

“Se requieren otras medidas”

El también penalista Iván Cancino insistió en que, “este es un primer Decreto que por lo menos ya le da un respiro y un inicio a lo que se necesita hacer. Este es un primer paso muy pequeño. El director puede hacer traslados, puede tomar medidas sanitarias, pero no soluciona. Esto debe ir de la mano de otras medidas. Creo que la ministra de Justicia, Margarita Cabello, así lo entiende y lo va a aplicar, porque tienen que venir los decretos del Gobierno en uso del Estado de Emergencia. En esto, el Gobierno debe cambiar el Código Procesal Penal para permitir las domiciliarias a los mayores de 60 años, a los enfermos delicados y que pueda cambiar algunas normas para que, por el tiempo que defina la emergencia, haya algunas personas que vayan a domicilio”.

En diálogo con este Diario, Cancino sostuvo que “el Gobierno también puede cambiar el requisito subjetivo de una norma que dice que una persona que haya cumplido las tres quintas partes, que haya observado buena conducta, requiere de la opinión del juez. Es decir, se puede reformar el Código transitoriamente, quitándole el argumento subjetivo y que solo cumpliendo los requisitos objetivos se puedan dar las libertades”.

Agregó Cancino que en este momento, “hay muchas domiciliarias que no han sido efectivas y con el Decreto pueden ser inmediatas. Porque hay muchas personas que ya tienen la libertad o la domiciliaria decretada y no han sido enviados a sus casas”.

“Esto no se trata de dar una libertad masiva a delincuentes peligrosos”, aclaró Cancino: “Lo que estamos pidiendo es libertad para mayores de 60 años que no hayan cometido delitos graves. Y la sociedad puede estar tranquila, porque la domiciliaria sí sirve. No alcanza a ser el 1% de personas las que violan la domiciliaria. Las personas aprecian la libertad. No es cierto que la domiciliaria no sirve”.

 

Faltan “medidas serias”

A su turno, la penalista Marcela Abadía, le dijo a este Medio que “la emergencia carcelaria no permite excarcelaciones y es una medida menor. Lo que debe haber es una medida tomada desde el Consejo Superior de Política Criminal que debe reunirse y tomar medidas serias para superar lo que está pasando. El Estado debe remover del imaginario colectivo esa idea que van a abrir las cárceles y van a salir un montón de criminales a matar a la población, eso es un desconocimiento clarísimo del sistema penitenciario”.

Abadía agregó que, “quien acceda a una cárcel puede ver que hay muchísimos delitos que no son violentos. Por ejemplo, las mujeres privadas de la libertad que son madres cuyos delitos han sido tráfico de drogas menores, son mujeres que pueden estar con sus hijos. La población colombiana debe entender, en términos de solidaridad, que hay personas cuyos delitos no suponen una gran afectación al orden público, que deben entender que esta medida no es una amenaza para la comunidad, que obviamente va a haber unas restricciones para quienes van a ser liberados”.