Este es el decreto que extiende la cuarentena hasta el 15 de julio | El Nuevo Siglo
El Nuevo Siglo
Viernes, 26 de Junio de 2020
Redacción Web

El Gobierno Nacional expidió el Decreto 878 del 25 de junio de 2020 con el cual extiende la cuarentena obligatoria en todo el país hasta el próximo 15 de julio.El Gobierno Nacional expidió el Decreto 878 del 25 de junio de 2020 con el cual extiende la cuarentena obligatoria en todo el país hasta el próximo 15 de julio.

Tal como informó ayer el presidente Iván Duque en el programa Prevención y Acción que se transmite a diario desde la Casa de Nariño, la norma, que modifica algunos apartes del Decreto 847 del 14 de junio, incluye los pilotos de reapertura de restaurantes y servicios religiosos.

“Los alcaldes de los municipios y distritos, en coordinación con el Ministerio del Interior, podrán autorizar la implementación de planes piloto en los establecimientos y locales comerciales que presten servicio de comida, para brindar atención al público en el sitio -de manera presencial o a la mesa-, siempre y cuando se cumpla en todo momento con los protocolos de bioseguridad emitidos por el Ministerio de Salud y Protección Social, para el desarrollo de esta actividad”, dice el decreto.

En este sentido, Duque dijo que: “Esto es un mensaje de esperanza para un sector que ha sido altamente golpeado por esta pandemia. Con estos instrumentos, con los aforos, el distanciamiento, comienza a habilitarse un camino para la prestación del servicio de manera presencial”.

Con relación a los servicios religiosos en todo el país el nuevo decreto establece:  “Los servicios religiosos que puedan implicar reunión de personas se podrán permitir siempre y cuando medie autorización de los alcaldes en coordinación con el Ministerio del Interior y se cumpla en todo momento con los protocolos de bioseguridad emitidos por el Ministerio de Salud y Protección Social para el desarrollo de esta actividad”.

No obstante, el jefe de Estado insiste en la necesidad de que todos los ciudadanos actúen con responsabilidad tanto en lo individual como en lo colectivo para frenar la propagación del Covid-19, básicamente el lavado de manos, el distanciamiento social y el uso obligatorio de tapabocas.

Las actividades deportivas que ya contemplaba el decreto anterior se mantienen inmodificables. Esto es, se permite la práctica de ejercicio al aire libre para personas de entre 18 y 59 años de edad una hora diaria entre las 6:00 a.m. y las 10:00 a.m. Para los niños mayores de 6 años se permite tres veces a la semana durante una hora al día.

La actividad física y de ejercicio al aire libre de los niños entre 2 y 5 años será tres veces a la semana, media hora al día, mientras que los adultos mayores de 70 años podrán salir acompañados al parque tres veces a la semana, una hora al día.

Lea el decreto completo aquí: