Como un avance calificó la Corporación Excelencia en la Justicia (CEJ) la posibilidad de que sea creada una comisión nacional de ética de la Rama Judicial, por lo que a través de una carta enviada a los presidentes de las altas Cortes, su director ejecutivo, Hernando Herrera Mercado, manifestó su respaldo a esta iniciativa.
La posibilidad de crear una comisión nacional de ética de la Rama Judicial surgió de la discusión el año pasado entre la ministra de Justicia, Gloria Borrero, y las altas Cortes, previa a la radicación en el Congreso de la República del proyecto de la reforma a la justicia.
No obstante, esta iniciativa no fue incluida en el texto de la reforma, aunque si lo hubiera sido, de nada habría valido porque este proyecto de acto legislativo terminó hundiéndose en la Cámara de Representantes.
Para Herrera Mercado, este es un avance que “resulta significativo en la lucha contra la corrupción y hará que la ciudadanía reafirme su confianza en la administración de justicia”, razón por la que la CEJ se postula para integrar la comisión nacional de ética judicial para colaborar en todo lo pertinente, con el fin de alcanzar un servicio de administración de justicia más eficiente y con los funcionarios más probos.
Para ello, la corporación propone la elaboración de un manual de ética judicial con las siguientes recomendaciones.
En primer lugar, “al momento de redactar el manual de ética judicial se debe hacer una distinción clara entre las conductas que comprende el derecho disciplinario y aquellas que se regirán bajo el manual que se pretende introducir”.
Añade que es pertinente que la comisión encargada de redactar el manual de ética judicial se apoye en recomendaciones de la sociedad civil y la academia, que sean reconocidas por su probidad y sus comportamientos éticos en su ejercicio profesional.
Agrega Excelencia en la Justicia que “el manual debe estar redactado en forma de principios que rijan la adecuada administración de justicia y evitar la mera tipificación de conductas específicas”.
En segundo término, la corporación propone los aspectos a tener en cuenta para la redacción de los principios que rijan la conducta ética de los funcionarios de la Rama Judicial, entre los cuales cita que todos los servidores deberán actuar con probidad e independencia en el desempeño de sus funciones.
En materia de transparencia en la información, plantea Excelencia en la Justicia, que los funcionarios a quienes les sea aplicable el manual, no deben privar a los ciudadanos de tener acceso a la información pública. “La administración de justicia es un servicio público, por lo tanto, todos los despachos judiciales deben actuar acorde a la prestación adecuada de este servicio”, indica esta ONG.
También insiste en que “los funcionarios judiciales deben dar un trato adecuado y respetuoso hacia las personas que colaboren en la prestación del servicio público de administración de justicia. Los funcionarios judiciales deben actuar bajo normas de conducta que se traduzcan en un comportamiento profesional creíble y libre de toda sospecha que puedan afectar la percepción de imparcialidad e independencia en el ejercicio de sus tareas.
Añade que dentro y fuera de la institución, los funcionarios judiciales deben actuar con corrección y abstenerse de formar parte de espectáculos inapropiados que alteren el orden público y las buenas costumbres o que de cualquier manera afecten la imagen del Poder Judicial.
Finalmente, la CEJ señala que los funcionarios judiciales deben mantener una relación únicamente profesional con los usuarios, de tal forma que no se vea afectada su imparcialidad e independencia en el ejercicio de sus funciones.