Rechazan acción de tutela presentada por Minsalud contra Sanitas | El Nuevo Siglo
MINSALUD ASEGURÓ que acción de tutela fue presentada para proteger a los usuarios de Sanitas / Foto: EPS SANITAS
Viernes, 9 de Febrero de 2024
Redacción Web

LA ACCIÓN de tutela presentada por el Ministerio de Salud contra la EPS Sanitas fue desestimada por el Juzgado 33 Penal Municipal de Bogotá. Con la solicitud se buscaba proteger los derechos de los afiliados de la EPS, luego del anuncia hecho por Cruz Verde de suspenderle el despacho de medicamentos que no estaban dentro del Plan Básico de Salud (PBS).

En medio de este proceso, Cruz Verde argumentó que la deuda de Sanitas es superior a los $400.000 millones por medicamentos, monto que fue acumulado durante un lapso de tres años.

Por su parte, la EPS contestó que el origen de la deuda fue la falta de ajustes del Ejecutivo a los presupuestos máximos, razón por la que no contaron con la capacidad para atender las necesidades de sus usuarios bajo el esquema No PBS.

El Ministerio de Salud, liderado por Rodolfo Enrique Salas, director jurídico de la cartera y quien presentó la tutela, mencionó una presunta vulneración del derecho a la salud debido a la interrupción de la entrega de medicamentos no cubiertos por la UPC.

Esta medida, programada para entrar en vigor el 15 de noviembre de 2023, generó inquietudes sobre el acceso a la atención médica para un amplio número de afiliados.

Además, Minsalud alegó que el presunto desabastecimiento de medicamentos se debe a un incumplimiento contractual de naturaleza privada por parte de Sanitas. No obstante, dice que esta razón no exime a la EPS de sus obligaciones para con los afiliados, especialmente en lo que respecta a la entrega de medicamentos esenciales para el cuidado de la salud.

Sin embargo, la resolución del juzgado, a cargo de la jueza Alba Luz García, rechazó la tutela solicitada por el Estado.

El documento menciona “negar el amparo reclamado en esta acción de tutela por el doctor Rodolfo Enrique Salas Figueroa en su calidad de director jurídico del Ministerio de Salud y Protección Social”.

Como se ve, la decisión se basa en la falta de fundamentos suficientes en la acción de tutela, lo que plantea interrogantes sobre el futuro de la disponibilidad de medicamentos para los afiliados de Sanitas.

La demanda a 21 EPS

Hubo confusión en torno a esta decisión del juzgado de desestimar la acción de tutela contra Sanitas, ya que muchos alegaron que la medida estaba relacionada a la demanda que el Gobierno nacional, a través del Ministerio de Salud, interpuso contra 21 EPS, entre las que se encuentran Sura, Salud Total, Nueva EPS y, por supuesto, Sanitas. Pero este proceso no está vinculado con la decisión de ayer.

Como es sabido, la demanda contra las 21 Empresas Promotoras de Salud, presentada ante un juzgado contencioso-administrativo de Bogotá, fue impulsada el 14 de enero, con base en un informe que emitió la Superintendencia de Salud, en el que establece que estas compañías no están cumpliendo con los indicadores de las reservas técnicas.

“En la demanda presentada por Minsalud se aclara que, según el informe de la Supersalud, en la ‘evaluación del cumplimiento de los indicadores de capital mínimo, patrimonio adecuado y régimen de inversión de reserva técnica-septiembre 2023’, calculado con la información enviada por las propias EPS, se recalca por parte de la Supersalud el incumplimiento en las reservas técnicas por parte de las EPS mencionadas”, destacó el informe presentado por Supersalud.

Esta acción fue duramente cuestionada por el exministro Alejandro Gaviria, quien aseguró a EL NUEVO SIGLO en aquella oportunidad que “el Ministerio de Salud y Protección Social interpuso una acción popular. Es una medida extraña, sin antecedentes. Paradójica, incluso. La Supersalud tiene funciones jurisdiccionales. El Ministerio tiene herramientas de política pública. Uno podría decir que esta medida es incluso una confesión involuntaria de incompetencia. No entiendo el propósito de la medida. Creo que es simplemente un show”.