Una serie de decisiones de la Corte Suprema de Justicia en las últimas semanas sugiere que el proceso por la parapolítica tomó otra bocanada de aire en cuanto a nuevos expedientes u otros que estaban pendientes de resolverse.
Ayer el exsenador conservador Carlos Emiro Barriga se entregó a las autoridades al presentarse al búnker de la Fiscalía, después de que el Alto Tribunal ordenara su captura.
Barriga, quien es investigado por presuntos nexos con el paramilitar Bloque Catatumbo, de las Auc, será conducido en las horas de la mañana de hoy a la Corte Suprema para la diligencia de indagatoria.
En el proceso en contra del exlegislador se tienen en cuenta aspectos como que su hermano, Pedro Barriga, fue sindicado de ser cabecilla del Bloque Catatumbo; sus supuestas relaciones con Juan Laverde, presunto abogado del grupo armado ilegal, entre otros.
Actualmente la Corte Suprema de Justicia mantiene activos 17 procesos y 59 indagaciones previas por parapolítica. Del 2007 a la fecha, la Sala Penal ha condenado 70 congresistas tras probar esas alianzas.
En tanto que el pasado martes el Alto Tribunal dictó medida de aseguramiento en contra del exsenador del Partido Conservador, Jesús Puello Chamié, quien fue enviado a la cárcel La Picota en el marco de la investigación que adelanta por el delito de concierto para delinquir agravado por sus presuntos nexos con grupos paramilitares.
Puello Chamié es investigado por supuestos vínculos con el bloque Héroes de Montes de María, para la época de su aspiración a la Gobernación de Bolívar y posterior aspiración al Senado en el año 2011.
En su contra existen testimonio que lo señalan de reunirse en San José Ralito (Córdoba) con los excomandantes paramilitares Rodrigo Mercado Pelufo, alias Cadena, y Edward Cobos Téllez, alias Diego Vecino, para que estos respaldaran su campaña al Senado.
En tanto que el pasado 4 de mayo, la Corte condenó a trece años y cinco meses de prisión al excongresista liberal Pedro Muvdi Arangüena por sus vínculos con grupos paramilitares en el César. La Sala Penal del Alto Tribunal determinó que Muvdi “hizo parte de la alianza paramilitar, constituyendo una trascendente pieza en el proyecto económico y político del Frente Mártires del Cacique del Valle de Upar, un grupo armado ilegal integrado al Bloque Norte, liderado por Rodrigo Tovar Pupo, alias Jorge 40".
Muvdi fue senador por el Partido Liberal en el periodo 2002-2006, época en la que su mayor votación la obtuvo en el departamento de Bolívar. Después pasó a la Cámara de Representantes en la que estuvo por dos periodos consecutivos por el Cesar. Desde enero de 2014 el excongresista se encuentra privado de la libertad.
La Corte está pendiente de pronunciarse en casos como del exgobernador de Antioquia, Luis Alfredo Ramos, y el exsenador Julio Manzur.
La JEP
La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), creada por el Acuerdo de Paz para aplicar justicia por los delitos graves que fueron cometidos en el conflicto armado, es vista como una oportunidad para que exparlamentarios o congresistas investigados por parapolítica busquen resolver su situación jurídica. En el evento de una condena, la sanción sería más blanda que en la justicia ordinaria.
Así se vio en el caso del capturado senador Álvaro Aston, del Partido Liberal, y el exsenador David Char, de Cambio Radical, quienes elevaron sendas solicitudes ante la JEP para ser cobijados.
No obstante el pasado 8 de mayo la JEP les negó a Char y al senador Ashton sus solicitudes de someterse a la justicia transicional. Los políticos investigados por nexos con grupos paramilitares argumentaban que los delitos por los que se les investiga tienen relación directa con el conflicto armado.
En cuanto a Char, la JEP afirmó que “no hay prueba alguna que permita afirmar que las hostilidades entre los grupos armados y de estos con el Estado le hayan dado al congresista la habilidad de concertarse” con los paramilitares, “recibir dinero de ellos y aportarles vehículos, sino que se trató de un hecho de promoción o apoyo a cambio de recibir beneficios electorales, hechos considerados como de delincuencia común".
En el caso de Ashton, la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas señaló que “al no ser investigado el señor Ashton por delitos relacionados con graves violaciones a los derechos humanos o al derecho internacional humanitario, cometidos con causa, con ocasión o en relación directa o indirecta con el conflicto armado, la Jurisdicción Especial para la Paz no es competente para conocer del presente asunto”.