Por presuntas anomalías en Pacandé investigan a alcaldesa de Natagaima | El Nuevo Siglo
Foto: Facebook Astrid Pava Yara
Viernes, 10 de Enero de 2025
Redacción Web

La Procuraduría General de la Nación cerró la actuación preventiva que adelantaba y trasladó el informe correspondiente para iniciar una investigación disciplinaria contra la alcaldesa de Natagaima, Tolima, Astrid Pava Yara, por presunta falta de garantías en la prestación del servicio público relacionado con la disposición final de residuos sólidos en el Relleno Sanitario Regional Pacandé.

El ente de control investiga si la mandataria ha actuado como mediadora entre las organizaciones de la sociedad civil y las autoridades para solucionar la problemática que se generó desde el 12 de noviembre de 2024, cuando usando las vías de hecho los habitantes del sector, en su mayoría resguardos indígenas, impidieron la operación del relleno sanitario y bloquearon el ingreso de desechos.

Así mismo, establecerá si se ha hecho mantenimiento al relleno luego de haber sido clausurado, pues según lo señalado por la Corporación Autónoma Regional del Tolima (Cortolima) esta posible omisión puede ocasionar un riesgo latente de explosión. 

De acuerdo con lo informado por la Procuraduría Ambiental y Agraria para el Tolima, esta situación se habría presentado por inconformidades de la comunidad con el vertimiento de residuos provenientes de otros municipios aledaños a Natagaima, según lo dispuesto por la autoridad ambiental Cortolima.

La Procuraduría Provincial de Chaparral recordó que “El servicio de disposición de residuos sólidos deberá prestarse de manera continua de acuerdo con la normatividad vigente y el Reglamento Operativo de cada relleno sanitario”, y que en los sitios de disposición final “no se pueden imponer restricciones injustificadas para su acceso, por parte de la autoridad ambiental, salvo que medien condiciones técnicas para ello, las cuales se encuentran en cabeza del operador”.

Por último, el ente de control manifestó que verificará la ocurrencia de la conducta para determinar si es constitutiva de falta disciplinaria, y si se ha actuado al amparo de una causal de exclusión de la responsabilidad, para esclarecer los motivos determinantes, las circunstancias de tiempo, modo y lugar en las que pudo cometerse.