Rechazan acreditación de 'Manotas' como excombatientes de Farc-EP | El Nuevo Siglo
Beltrán pidió ser incluido en los listados de las extintas Farc-EP alegando que supuestos “malos procedimientos" y “corrupción" en el manejo de estos le impidieron acreditarse. / Foto: Referencia ENS - Catalina Olaya
Viernes, 26 de Abril de 2024
Redacción Web

La Sala de Amnistía o Indulto de la JEP declaró como improcedente la solicitud de Jairo Alexander Beltrán Castañeda, conocido como 'Manotas', de ser incluido en los listados de excombatientes de las Farc-EP acreditados ante la Oficina del Alto Comisionado para la Paz (OACP).

 

Beltrán Castañeda fue condenado en la justicia ordinaria por homicidio, violencia sexual, desaparición forzada y secuestro. Actualmente se encuentra privado de la libertad.

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En el análisis de las pruebas, la sala concluyó que no hay indicio de que el solicitante haya pertenecido a las extintas Farc-EP, ni que los crímenes por los cuales está condenado hayan sido cometidos con relación ni en el contexto del conflicto armado interno.

La magistratura valoró una investigación periodística, publicada en agosto de 2016, que relata los casos de dos mujeres que fueron víctimas de Beltrán Castañeda. Una de ellas fue asesinada y desaparecida; según el reportaje, el propio Beltrán entregó sus restos y reconoció haberla abusado sexualmente y asesinado. En el mismo reportaje se comunicó que Beltrán Castañeda tendría una presunta estrategia de hacerse pasar como exintegrante de las Farc-EP con el objeto de recibir beneficios en la justicia transicional.

Por otra parte, el solicitante también argumentó que no se encontraba en los listados de exintegrantes de las Farc-EP, acreditados ante la OACP, debido a “malos procedimientos" y a una supuesta corrupción en el manejo de los mismos. Sin embargo, la sala no obtuvo de Beltrán Castañeda respuestas claras sobre estas acusaciones, lo que, sumado a la falta de indicio de su pertenencia a la extinta guerrilla, generó suspicacia en la magistratura sobre la veracidad de sus señalamientos.

En esta decisión, la sala subrayó que rechaza cualquier intento de uso indebido o abusivo del mecanismo de acreditación con propósitos distintos a la reincorporación de quienes se desmovilizaron en virtud del Acuerdo Final y le apuestan a la paz.

Finalmente, en virtud de la naturaleza de los hechos conocidos en esta solicitud, la SAI encontró pertinente extender una invitación a las autoridades judiciales a consultar el Modelo de Protocolo Latinoamericano de Investigación de las Muertes Violentas de Mujeres por Razones de Género (femicidio/feminicidio), elaborado en 2014 por la Oficina Regional para América Central y el Caribe del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACNUDH).