Aunque el Consejo de Estado suspendió provisionalmente el cambio de taxímetros por tabletas por el vicio legal ante la supuesta vulneración de la libre y leal competencia, el Secretario Distrital de Movilidad Juan Pablo Bocarejo dijo que es necesario esperar las actuaciones del Ministerio de Transporte.
“Quedamos a la espera de las actuaciones de Mintransporte para determinar qué parte de nuestros actos administrativos se afectan por la suspensión de la resolución 2163. Eventualmente se puedan correr los plazos de entrada. Sin embargo, no se verá afectado el proyecto”, aclaró el Secretario.
El fallo del Consejo de Estado lo dio a conocer el Concejal de Bogotá, Roger Carrillo Campo, abanderado en los últimos meses de la protección del gremio de taxistas frente a la exigencia de la Secretaría de Movilidad de cambiar los taxímetros por tabletas. “Con el fallo del Consejo de Estado, Sección Primera, de fecha 30 de abril de 2018, la Administración Distrital no puede dar aplicación a los Decretos Distritales 456 y 568 de 2017 y sus Resoluciones Reglamentarias, so pena de incurrir en prevaricato. Por tanto, insto a la Administración Distrital, para que de manera inmediata, realice todas las actuaciones necesarias para acatar el Fallo del Consejo de Estado”.
Carrillo Campo recordó las advertencias que hizo en los diferentes escenarios, entidades distritales y entes de control, sobre el vicio de legalidad de la Resolución 2163 de 2016 del Ministerio de Transporte y de las disposiciones Distritales enunciadas y de la inminente vulneración de los Derechos de los Consumidores – Usuarios -, de la libre y leal competencia de este gremio, que jalona de manera importante, la economía de la ciudad.
“Por fin hemos visto el fruto de todas las gestiones realizadas por las empresas de taxímetros, de taxis, propietarios de taxis, sus conductores y hasta de los mismos usuarios, que se encontraban seriamente amenazados si se implementaban las plataformas tecnológicas y cambio del taxímetro por tabletas en los vehículos de transporte público individual Básico – TAXI, a través de todas esas disposiciones normativas distritales que de manera ostensible violan normas superiores como la Ley 1753 de 2015 y Decreto Nacional 2297 de 2016”, dijo el concejal del Partido Conservador.
En contraste, el Carrillo Ocampo destacó que la Ley 1753 de 2015 y el Decreto 2297 de 2015, de manera clara e inequívoca, establecen como característica distintiva a los vehículos que prestan el servicio de transporte público individual en el nivel de lujo, la implementación de las plataformas tecnológicas para su operación, quedando como optativo para los vehículos del nivel básico (taxis). Dicha clasificación debe permanecer en el país, dadas las características físicas que cada uno de ellos tiene, y que son determinadas por la misma ley, incluyendo las tarifas, pues dispone que éstas, para los del nivel de lujo, nunca puedan ser iguales o inferiores a las tarifas del nivel básico o taxi.
A pesar que el panorama para el programa de Taxis Inteligentes Tambalea, la administración tiene la firme convicción de que el problema es de forma y no de fondo y que en los próximos días seguirá el proceso para el cambio de taxímetros por tabletas.