Recuerdos
En el Reglamento de la Corte Constitucional (Acuerdo número 5 de Sala Plena, del 15 de octubre de 1992) está plasmado el siguiente texto:
“Art. 84.- Prohibiciones a los magistrados.- Es prohibido a los magistrados conceder audiencias particulares o privadas sobre negocios que cursan en la Corte”.
En el Reglamento de la Corte Constitucional (Acuerdo número 5 de Sala Plena, del 15 de octubre de 1992) está plasmado el siguiente texto:
“Art. 84.- Prohibiciones a los magistrados.- Es prohibido a los magistrados conceder audiencias particulares o privadas sobre negocios que cursan en la Corte”.