Desde finales de octubre los ambientalistas y animalistas vimos con mucha preocupación los efectos nocivos que podría traer la expedición de la Resolución 350 por parte del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y mediante la cual se establecieron cuotas globales de pesca para el próximo año. Las preocupaciones no son simples ganas de oponerse a la explotación de los recursos naturales, como se ha querido mostrar por parte de algunos defensores de la medida.
Para nadie es un secreto que en los tiempos que corren la supervivencia de muchas especies se encuentra cuestionada y, ese cuestionamiento obedece principalmente a la directa intervención del hombre por el uso irracional que hace de ellas, por las intromisiones desmedidas en sus ecosistemas, las que por demás no se encuentran suficientemente soportadas en estudios científicos que midan el impacto de prácticas como la sobrepesca, en el caso de los tiburones.
En la discusión pública que se ha dado en Colombia sobre la materia, ha quedado evidenciado la carencia de estudios científicos objetivos y actualizados, que permitan determinar si esas cuotas de pesca afectan o no el ciclo vital de por lo menos las especies Carcharhinus Falciformis (Tiburón Sedoso), Alopias superciliosus (Tiburón Zorro), Galeocerdo Cuvier (Tiburón tigre), Sphyrna lewini (Tiburón Martillo), Alopias Pelagicus (Tiburón Zorro pelágico) y Carcharhinus longimanus (Tiburón oceánico de puntas blancas), especies que según la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza se encuentran en la lista roja de especies amenazadas.
Lo peor es que hoy se autoriza la pesca de esas especies sin que la información científica disponible haya variado desde 2011, según el dicho del mismo Ministro de Agricultura. Claro está que tales especies hacen parte de los bienes comunes de la humanidad que requieren protección y, cuando la ciudadanía advierte que no se están dando los manejos adecuados y, con ello se está poniendo en riesgo la existencia de una especie se hace necesaria su intervención a través de los medios de control establecidos por el sistema jurídico.
Aquí los expertos pusieron el foco sobre el problema, develando la ausencia de información objetivamente confiable para permitir esos niveles de pesca de manera invariable desde 2011 a la fecha, pero fue la Procuraduría General de la Nación la que finalmente fijó su posición, elevando una solicitud formal al Ministerio de Agricultura para que modifique, suspenda o revoque la resolución 350 de 2019, entre otras razones por utilizar el término aleta, creando confusión y haciendo creer que está autorizado el “aleteo”, práctica prohibida.
Frente al silencio institucional decidí intervenir llevando el asunto a la justicia a través de una acción popular dentro de la cual, con ponencia del Honorable Magistrado Moisés Rodrigo Mazabel Pinzón, se acaba de proferir medida cautelar de emergencia, suspendiendo de manera inmediata los efectos de las expresiones aletas contenidas en los artículos 1 y 2 de la Resolución 350 de 2019. Un pequeño gran paso por la supervivencia de los tiburones.
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