Condenado Gustavo Malo a 9 años y 10 meses de prisión | El Nuevo Siglo
Corte Suprema de Justica
Viernes, 13 de Agosto de 2021
Redacción Web

La Corte Suprema de Justicia, a través de La Sala Especial de Primera Instancia emitió condena al exmagistrado Gustavo Enrique Malo Fernández por 9 años y 8 meses de prisión por los su participación en el Cartel de la Toga.

Del mismo modo, la Corte también le impuso una multa de 94.48 salarios mínimos mensuales legales vigentes, así como una inhabilitado para el ejercicio de derechos y funciones públicas por 127 meses y 17 días y le negó prisión domiciliaria. 

Según el alto tribunal, Malo siendo magistrado de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia se unió a un grupo delincuencial que ejecutaba diversas conductas delictivas en las cuales amparaba o favorecía a terceros a cambio de dádivas.  



"Siendo magistrado de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, se unió a un grupo delincuencial con vocación de permanencia para ejecutar diversas conductas delictivas que derivaron en la lesión a la expectativa legítima que ampara a todos los asociados frente a las decisiones de las autoridades, especialmente aquellas que provienen del órgano de cierre en la jurisdicción ordinaria", precisa la decisión. 

Para la Corte Suprema fue claro que el entonces magistrado negoció la función jurisdiccional a él deferida por la Constitución y la ley, recibiendo la contraprestación ilegal derivada del acto de corrupción.

"Colombia como sociedad ha de abandonar la cultura de los atajos para alcanzar cada propósito. Desde la base de la sociedad hasta la cúspide de las altas esferas estatales se debe dar punto final a cualquier manifestación de corrupción, evitando a ultranza ejercer mecanismos ajenos a los legalmente establecidos (…) La justicia es más que el cumplimiento de una función constitucional, pues entraña un proyecto de vida forjado desde las aulas de las facultades de Derecho, donde se provee por la formación de verdaderos juristas, quienes, al ser dotados del poder jurisdiccional, asumen un poder reglado que les permite incidir en los derechos de sus congéneres”, señala el fallo.