El Estado ha dado una lucha sin cuartel en los más de 60 años del conflicto armado contra las guerrillas, así como contra otros grupos delincuenciales organizados que han crecido en las dos décadas recientes. Sin embargo, en los últimos gobiernos se han aprobado leyes de sometimiento colectivo e individual para estas últimas organizaciones que no cuentan con estatus político. La administración Petro ya tiene listo un proyecto que llevará en los próximos días al Congreso.
El presidente Gustavo Petro tiene el propósito de alcanzar la paz total en Colombia mediante negociaciones con los distintos Grupos Armados Organizados (GAO) al margen de la ley, así como con el Eln. Incluso para ello le daría el estatus político de este último a las disidencias de las Farc que rechazaron firmar el Acuerdo de Paz y eventualmente a las reincidencias de alias ‘Iván Márquez’, conocidas como la ‘Segunda Marquetalia’, en las que varios de sus integrantes firmaron el Acuerdo de La Habana, pero terminaron incumpliendo y retornando las armas.
Si bien las reincidencias y las disidencias están metidas de lleno en el negocio del narcotráfico, según los organismos de inteligencia colombianos, y su propósito ya no sería tomarse el poder para hacer las reformas que consideran requiere el país, su origen en la guerrilla de las Farc sería considerado por el Gobierno nacional para darles estatus político en una negociación que lleve a su desarme colectivo y que también de forma individual los máximos responsables de graves delitos se presenten eventualmente ante la JEP, Jurisdicción Especial para la Paz, donde recibirían sanciones bajo la sombrilla de la justicia transicional, como hoy ocurre con los excombatientes de las Farc.
Un caso distinto son los GAO, pues si bien como las disidencias y las reincidencias se dedican al narcotráfico, minería ilegal y la extorsión, entre otras actividades ilícitas, su objetivo no es cambiar el Estado sino que su motivación es hacerse a las economías criminales.
En ese sentido, el gobierno Petro tiene el propósito de realizar una negociación, no ha aclarado si con todos los grupos a la vez que decidan aceptar su oferta de paz o uno por uno, de tipo judicial para su sometimiento o acogimiento a la justicia, los dos términos que ha manejado el canciller para la paz, Álvaro Leyva.
El Gobierno ya presentó un proyecto para prorrogar la Ley 418, o de orden público, que le permitirá sentarse a negociar con los grupos armados delincuenciales, sean GAO o guerrillas.
Ahora le falta radicar en el Congreso la llamada ley de sometimiento, proyecto en el cual ha venido trabajando con la bancada del Pacto Histórico, que oficia como partido de gobierno. Precisamente en las últimas horas el presidente del Senado, Roy Barreras, anunció que “recibo a esta hora para revisión borrador del nuevo proyecto de sometimiento recién salido”.
Mientras que el senador Iván Cepeda (Pacto Histórico) dijo que “como dice Roy, nuestras oficinas han estado trabajando intensamente en el proyecto de ley para establecer reglas claras para el acogimiento a la justicia. La semana entrante aspiramos a radicarlo y abrir este debate que es fundamental para avanzar en la paz total”.
De lo poco que se ha conocido sobre este proyecto, establece las condiciones que deben tener los grupos delincuenciales para someterse de forma colectiva a la justicia. También contempla un procedimiento para su desarme, así como las penas que pagarían en la cárcel los máximos responsables de estas organizaciones, posiblemente entre cinco y ocho años.
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Ley de Justicia y Paz
La ley 975 de 2005, que impulsó el gobierno del entonces presidente Álvaro Uribe, fue la primera para el sometimiento colectivo a la justicia de grupos al margen de la ley, que en este caso sirvió principalmente para la desarticulación de las autodefensas.
La Ley de Justicia y Paz permite conceder una pena alternativa por la contribución del beneficiario a la consecución de la paz nacional, por su colaboración con la justicia, la verdad, la reparación integral a las víctimas y su adecuada resocialización.
Esta pena alternativa consiste en la imposición de una medida privativa de la libertad por todos los delitos confesados y respecto a los cuales se acepte su responsabilidad por un periodo mínimo de cinco años y no superior a ocho años.
Ley 1908 de 2018
El gobierno de Juan Manuel Santos promovió la Ley 1908 de 2018, buscando hacer algo parecido a lo que hoy pretende Petro, como es el sometimiento de los GAO a la justicia.
No obstante, esta ley está sin estrenar porque fue expedida a menos de un mes de que Santos finalizara el mandato y porque el entonces presidente Duque no la empleó, pues su estrategia contra los GAO se basó en alentar el sometimiento individual de los integrantes y que la Fuerza Pública persiguiera a las organizaciones.
Esta Ley modificó el Código Penal en algunos delitos para sancionar a los integrantes de los GAO que se sometieran a la justicia, como en concierto para delinquir con prisión de 48 a 108 meses, cuando el concierto sea para cometer delitos de genocidio, desaparición forzada, tortura, desplazamiento forzado, tráfico de niñas, niños y adolescentes, trata de personas, tráfico de migrantes, homicidio, terrorismo, tráfico, fabricación o porte de estupefacientes.
El Decreto de Duque
A través del Decreto 601 del 2020, el entonces presidente Iván Duque generó el espacio para el sometimiento individual de los integrantes de todos los grupos armados organizados, entre los que se encuentran el Eln y las disidencias de las Farc.
“Esta es una nueva oportunidad para que los miembros de los GAO que quieren hacer un tránsito a la legalidad, un tránsito y un sometimiento a la justicia, puedan tener una ruta para ello”, indicó el entonces comisionado de Paz, Miguel Ceballos.
Este Decreto recogía los beneficios jurídicos previstos en el Código de Procedimiento Penal para que las personas que se sometan a la justicia puedan tener rebajas de penas.
También la norma fija rutas para el sometimiento individual y la entrada a una línea de desmovilización que les otorga a las personas que decidan por ello beneficios, tanto para sí mismas como para su familia.
El Decreto indica que “el Alto Comisionado para la Paz y las personas autorizadas por él, deberán verificar la voluntad real de paz y reinserción a la vida civil, así como la voluntad real de sometimiento a la justicia de los GAO presentes en el territorio nacional”.