División de abogados sobre profundizar audiencias virtuales | El Nuevo Siglo
Desde hace más de dos décadas se viene trabajando en la digitalización de la justicia en el país.
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Lunes, 2 de Mayo de 2022
Redacción Política

Un impulso adicional recibió el proceso de digitalización de la justicia que se adelanta en el país desde hace años con el Decreto 806 del 2020 que expidió el presidente Duque en el marco de la emergencia por la pandemia, con el cual las audiencias se pueden hacer de forma virtual. El Gobierno quiere hacer permanente la disposición porque considera que ha sido efectiva, por lo que hoy las comisiones primeras están citadas para darle primer debate al respectivo proyecto. 

Sin embargo, hacer permanente esta normatividad, como lo pide el Gobierno, ha generado alguna división en el gremio de los abogados, como se evidenció en una audiencia pública que realizaron las comisiones primeras hace algunos días sobre esta iniciativa, que cuenta con mensaje de urgencia por parte del Ejecutivo Nacional.

Entre algunas voces de profesionales del derecho que hicieron reparos está Guillermo Rocha, quien si bien reconoció que la virtualidad facilitó las cosas en algunos aspectos durante la pandemia, enfatizó en que el Decreto 806 no es la panacea.

Agregó que no es cierto que no haga falta la presencialidad y se está sacrificando la inmediación que requiere la justicia para ser justa. Agregó que el juez no puede ser la imagen de una pantalla. 

No obstante, Francisco Bernate, presidente del Colegio de Abogados Penalistas de Colombia, pidió en representación de cuatro mil de estos profesionales que pertenecen a esta asociación, que se le dé trámite a este proyecto de ley.

Destacó que con el Decreto 806 del 2020 se han abaratado los costos de la justicia, se ha facilitado el acceso a la misma, al tiempo que consideró que todas las garantías procesales se verifican en las audiencias virtuales. 

Incluso puso de presente que las personas que no tienen acceso a internet se pueden conectar a las audiencias desde las casas de justicia, desde las personerías municipales, incluso desde las instalaciones del Palacio de Justicia que lo permite.

Por su parte, el ministro de Justicia, Wilson Ruiz, durante dicha audiencia argumentó que en la pandemia los usuarios, abogados litigantes y operadores judiciales se vieron en la necesidad de adaptarse y adecuar su comportamiento a la cultura de la digitalización.

Añadió que el Decreto 806 y sus 16 artículos significaron la entrada de las tecnologías de la información y comunicaciones al sistema de justicia.

Destacó también el Ministro de Justicia que el proyecto de ley 325 de 2022, resulta del esfuerzo conjunto de sus autores, Consejo Superior de la Judicatura, Corte Suprema de Justicia, Consejo de Estado, la nueva comisión de disciplina Judicial, la Fiscalía General de la Nación, Defensoría del Pueblo, Ministerio de Justicia y del Derecho.

Mientras que la presidenta del Consejo Superior de la Judicatura, Diana Remolina, dijo que los mismos jueces, magistrados y abogados que han aplicado el Decreto 806 en estos dos últimos años, han evidenciado que en la mayoría de los casos se flexibiliza la atención judicial.

No obstante puntualizó que uno de los mayores retos que genera la aplicación del Decreto es la precariedad de las herramientas tecnológicas en algunos lugares apartados, en donde no se cuenta con elementos de internet y de computadoras para las actuaciones judiciales, siendo una brecha importante que se debe superar.


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El Decreto 806 de 2020 estableció que por regla general todas las actuaciones judiciales (presentación de la demanda, contestación de la demanda, audiencias, notificaciones, traslados, alegatos, entre otras) deberán tramitarse a través de medios virtuales, y excepcionalmente de manera presencial, siempre que sean manifestadas las razones por las cuales no se puede adelantar la gestión mediante el uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones. 

Se impone en este Decreto la obligación de adoptar todas las medidas necesarias para garantizar el debido proceso, la publicidad y el derecho de contradicción en la aplicación de las tecnologías de la información y de las comunicaciones.

Se establece el deber de los sujetos procesales de realizar sus actuaciones y de asistir a las diligencias a través de medios tecnológicos, así como de colaborar solidariamente con la buena marcha del servicio público de administración de justicia.

En este sentido, se dispone que tanto estos como las autoridades judiciales se encuentran en la obligación de colaborar proporcionando por cualquier medio las piezas procesales que se encuentren en su poder y que sean requeridas para desarrollar la actuación. 

Comisión de expertos

El Ministerio de Justicia y del Derecho creó una comisión de expertos para que analizara el Decreto 806 de 2020 y diera recomendaciones acerca de qué se podría mejorar para dejar sus disposiciones de forma permanente, en materia de acceso virtual a la justicia.

En primer lugar dijo que en aras de evitar un retroceso en la materia, así como un colapso en la administración de justicia, resulta mandatorio extender la vigencia de dicho decreto.

Se consideró también que la aplicación de la norma debe extenderse a los trámites arbitrales y a los que adelanten las autoridades administrativas con funciones jurisdiccionales, así como a la especialidad penal de la jurisdicción ordinaria.

Respecto a la justicia penal militar y la Jurisdicción Especial para la Paz, deberán elevarse las consultas pertinentes ante las correspondientes autoridades. 

Cifras de audiencias

Según el Consejo Superior de la Judicatura, con el Decreto 806 de 2020 se ha producido un crecimiento exponencial del desarrollo de las audiencias.

En el año 2019 se hicieron 22.900 audiencias aproximadamente y al finalizar el 2020 se hicieron 230 mil. 

Pese a ese éxito, dijo la presidenta del Consejo Superior de la Judicatura, Diana Remolina, que el 38% de los jueces y magistrados y el 40% de litigantes que fueron encuestados encontraron mayores dificultades para valorar y controvertir las pruebas cuando se realizan por medios virtuales.

El 33% de los funcionarios judiciales identifican que por esta vía hay malas prácticas a la hora de las pruebas, como partes intervinientes que alegan que no se pueden conectar a las audiencias para evitar su realización, abogados que intentan guiar a los testigos, testigos que en el momento crítico del interrogatorio pierden la conexión, o testigos que recuperan la memoria después de que pierden la conexión y se vuelve a reanudar la audiencia.