Ley de retiro forzoso no aplica para Junta Directiva del Emisor | El Nuevo Siglo
Juan Jose Echavarria, gerente del Banco de la República
Foto archivo El Nuevo Siglo
Miércoles, 30 de Septiembre de 2020
Redacción Política

La Corte Constitucional determinó que la ley de retiro forzoso vigente para los funcionarios públicos, no aplica para los miembros de la Junta Directiva del Banco de la República.

Así lo determinó la Sala Plena de la Corporación al fallar una demanda contra el artículo 1 de la Ley 1821 de 2020 que establece que la edad de retiro forzoso de los funcionarios públicos es de 70 años.  

De acuerdo con la demanda, esta norma debía ser declarada inexequible por cuanto vulnera la Constitución al incluir a los miembros de la Junta Directiva del Emisor, y la ponencia del magistrado Antonio José Lizarazo le dio la razón al accionante.

Fue la propia Junta la que le pidió a la Corte declarar inexequible esa norma por cuanto afecta la autonomía del Emisor, un organismo que es independiente del Gobierno. En cambio, el Ministerio de Justicia había conceptuado todo lo contrario.

El fallo se adoptó por unanimidad con ocho votos, pues la magistrada Cristina Pardo se declaró impedida pues cuando fue secretaria Jurídica en la administración de Juan Manuel Santos tuvo que participar en la designación de varios de los actuales miembros de la Junta Directiva del Banco de la República. El argumento le fue aceptado.

Con esta decisión le queda el camino libre al actual gerente del Emisor, Juan José Echavarría, quien está próximo a cumplir 70 años y ahora, podrá buscar su reelección por otros cuatro años, decisión que debe adoptarse en diciembre próximo.

El Gerente del Emisor puede ser reelegido hasta dos veces, es decir, para ocupar el cargo por hasta doce años.

Al cargo, como se sabe, también aspira el ministro de Hacienda, Alberto Carrasquilla, quien por ley es el presidente de la Junta Directiva del Banco de la República.

 

Polémica decisión de la Judicatura

De otro lado, la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura falló en segunda instancia una acción de tutela que retira al magistrado Ariel Torres, de la Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia, del caso por ‘parapolítica’ contra el exministro Luis Alfredo Ramos Botero.

La Sala Disciplinaria ordenó el retiro de Torres del caso Ramos a pesar de que el exgobernador de Antioquia lo había recusado por supuestamente haber filtrado el año pasado un borrador de su ponencia, a la vez que dio 48 horas a la Sala Especial de la Suprema sortear un nuevo ponente.

Lo más polémico de esta decisión es que la Sala Disciplinaria de la Judicatura fue eliminada con la reforma de Equilibrio de Poderes de 2015, pese a ello sigue funcionando con magistrados interinos y otros dos en propiedad: Pedro Sanabria y Julia Emma Garzón de Gómez, que llevan 12 años en el cargo, cuando su periodo es de ocho años.

 

Exoneran a Gobernador

En otra decisión, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia tumbó la condena de cinco años de prisión que la Sala Especial de Juzgamiento le había impuesto al gobernador del Cesar, Luis Alberto Monsalvo Gnecco. 

Monsalve Gnecco fue condenado en julio pasado como presunto responsable del delito de corrupción al sufragante.

En su reemplazo, venía actuando por designación presidencial Wilson Andrés Solano García, pero ahora el titular regresará al cargo.

La Corte absolvió a Monsalvo a quien acusaban de beneficiar con fines políticos a un grupo de familias que iban a ser objeto de un desalojo cuando estaba en campaña.

Foto: Juan José Echavarría, gerente de la Junta Directiva del Banco de la República. /ENS