"Libertad por vencimiento de términos no es sinónimo de excarcelación" | El Nuevo Siglo
CAPTURA DE extorsionistas en Kennedy. /Alcaldía Mayor de Bogotá
Jueves, 9 de Noviembre de 2023
Redacción Política

DESDE PRINCIPIOS del año en curso el “proyecto de ley de humanización de la política criminal y penitenciaria”, en el que el Gobierno plantea rebajas de penas en varios delitos y el aumento de beneficios como la detención domiciliaria, suscitó incertidumbre y temor en el país.

A poco menos de tres meses de que los alcaldes electos tomen posesión de sus cargos en el país, se sabe que una de las mayores preocupaciones en caso de que esta iniciativa avance es la recuperación de la seguridad ciudadana.

Al respecto, EL NUEVO SIGLO consultó los análisis de abogados penalistas y docentes de las universidades Javeriana, Los Andes, Central, Politécnico Grancolombiano, Cooperativa de Colombia y la Fundación Universitaria San Martín.

Norberto Hernández, abogado penalista y docente de la Pontificia Universidad Javeriana, explicó que la libertad por vencimiento de términos no es sinónimo de excarcelación ni de impunidad.

“Para evitar el vencimiento de términos, es importante atacar la congestión judicial. Debe haber más jueces y fiscales, que puedan resolver oportunamente las demandas de justicia. También deben explorarse alternativas a la detención preventiva, que garanticen los fines constitucionales que se persiguen con esta (riesgo de fuga, riesgo de reincidencia delictiva y riesgo de obstrucción a la justicia). El exceso de población privada de la libertad afecta la operatividad de la justicia”, enfatizó.

A su turno, Manuel Iturralde, profesor de la Facultad de Derecho de la Universidad de los Andes, sostuvo que endurecer las penas o el sistema penal para enviar más gente a la cárcel no ha funcionado.

“Se entiende la frustración de los alcaldes y la ciudadanía de sentir que personas que cometen este tipo delitos salgan libres muy pronto o incluso ni siquiera llegan a estar en la cárcel, pero hay que ver el problema de una forma más global. Tenemos cárceles sobrepobladas, con una población carcelaria que ha crecido muchísimo y el problema no ha disminuido. Los alcaldes y la policía deberían ser más creativos en nuestras ciudades, no simplemente esperar a que ocurra el delito para capturar a la persona y ponerla a disposición de los jueces, sino encontrar otros mecanismos más preventivos de seguridad ciudadana para disminuir la comisión de esos delitos”, afirmó.

 

Una crítica en dos vías

Asimismo, Edgar Orellanos, docente del Área Penal de la Universidad Central, señaló que es importante aclarar que la figura de excarcelaciones masivas no existe.

“Lo que ha venido sucediendo es la libertad por vencimiento de términos en diferentes casos y eso no es nuevo. Debe llamarse la atención de la señora alcaldesa en el sentido de no proceder con desacertadas opiniones hacia la administración de justicia como el único actor. Más allá de poner sobre el muro a los Jueces de la República (aunque no se niega que puedan tener cierta responsabilidad), aquí la crítica va en dos vías, la primera al legislativo y es que, aunque la alcaldesa no participó en el debate por el cual se expidió el Código de Procedimiento Penal, sí fue legisladora y debe comprender muy bien que los jueces están sometidos al imperio de la Ley”, enfatizó el experto.

“Colombia está muy por detrás de los estándares internacionales aceptables dentro de la administración de justicia, es decir, es una crítica directa al Consejo Superior de la Judicatura y es que Colombia, necesita más jueces y más fiscales para que haya una oferta más equilibrada frente a la demanda de justicia. La queja de los alcaldes y demás, es en sí una cuestión muy ligera. Analizan la situación de inseguridad, ilegalidad y justicia como si todo tuviera una receta mágica de decir “capturo y condeno y se acabó”. No es así, la seguridad ciudadana va de la mano de diferentes factores, no solo el punitivo, también el preventivo, el reeducativo, el económico, el social, entre otros”, aseveró.

De igual manera, Daniel Araújo, docente de la Escuela de Derecho y Gobierno del Politécnico Grancolombiano, sostuvo que el incremento de penas no conlleva una disminución del delito y que lo que se requiere es el fortalecimiento de la Rama Judicial y de la Fiscalía.

“Esto ha mostrado ser completamente ineficaz tanto en nuestra experiencia particular colombiana como en otras experiencias internacionales. La modificación de los términos sería viable, pero se debe considerar el enorme costo que esto tendría a efectos de garantías procesales. Probablemente los caminos más difíciles sean los más adecuados como el fortalecimiento de la Rama Judicial y de la Fiscalía porque lo cierto es que la razón por la que la enorme mayoría de estas personas quedan en libertad antes de enfrentarse a un juicio, es que los delitos de hurto no pueden ser suficientemente priorizados ni por nuestra Rama Judicial ni por nuestra Fiscalía porque tanto los jueces como los fiscales en Colombia están completamente desbordados de trabajo”, advirtió.

 

Congestión en la justicia penal

Jorge Caicedo, docente y coordinador del área de Derecho Penal de Universidad Cooperativa de Colombia, señaló que se debe entender que, cuando un detenido alcanza la libertad por vencimiento de términos, el único responsable es el Estado (jueces y fiscales), no el abogado defensor.

“Si este utiliza maniobras dilatorias para entorpecer la celebración de las audiencias, no habrá lugar a la libertad de su defendido y se expone a investigaciones disciplinarias. El problema fundamental que incide directamente en la liberación de detenidos por el vencimiento de los plazos, es la congestión en la justicia penal, porque los jueces tienen una carga laboral muy alta, poco personal de asistentes o auxiliares y escasez de recursos y logística, misma situación que padecen los fiscales y que contribuye también a la morosidad en la administración de justicia”, explicó.

En ese sentido, expuso que la solución es nombrar jueces y fiscales suficientes y destinar mayores recursos para la administración de justicia penal.

Por último, Camila Pérez, docente del programa de Derecho de la Fundación Universitaria San Martín, indicó que la responsabilidad de que personas que son capturadas en situación de flagrancia queden en libertad, en mayor parte recae en cabeza de la Fiscalía y sus delegados.

“Es un desafío complejo que debe ser tratado desde varias perspectivas, podrían explorarse diferentes estrategias entre las cuales es crucial comenzar por mejorar la coordinación y colaboración entre las entidades encargadas de la aplicación de la ley penal y la impartición de justicia en nuestro país, en concordancia con el funcionamiento del sistema judicial”, concluyó.