Reforma al Código Electoral alcanzaría a aplicarse en mayo | El Nuevo Siglo
<FOTO>La Corte Constitucional está a punto de emitir un fallo sobre la reforma al Código Electoral.
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Jueves, 3 de Marzo de 2022
Redacción Política

Tras evacuar la demanda que buscaba la despenalización del aborto, que le tomó varias semanas a la Corte Constitucional, ahora ésta se enfocará en pronunciarse sobre la exequibilidad o no de la Reforma al Código Electoral, el cual por tiempo no fue posible aplicarlo en las elecciones legislativas de este mes, pero que todavía hay margen para hacerlo en las presidenciales de mayo venidero.

El alto Tribunal suspendió el término para pronunciarse sobre el respectivo proyecto de ley estatutaria que aprobó el Congreso a finales del 2020, reformando el ya desactualizado Código Electoral de 1986 pues tenía tiempo para emitir un fallo hasta el 22 de febrero de 2022.

En varias de las salas plenas que ha realizado la Corte en lo que va corrido de este año agendó la reforma al Código Electoral, pero como se dijo no fue posible discutirla porque la mayoría del tiempo se lo llevó la demanda sobre el aborto.

En la sala plena del día de hoy la reforma al Código Electoral figura en el séptimo lugar, sin embargo, hay grandes posibilidades de que sea abordada, no solo porque los temas que le anteceden lucen de menor importancia, sino porque desde hace meses la organización electoral y los partidos políticos han reclamado el respectivo fallo para tener claras las reglas del juego en los comicios nacionales de este año.

Los 9 magistrados que integran la sala plena discutirán sobre la exequibilidad o no del texto de esta reforma, con base en la ponencia que radicó el pasado 29 de octubre el magistrado designado como sustanciador, Jorge Enrique Ibáñez Najar.

El objetivo del Gobierno nacional cuando radicó el respectivo proyecto en el Congreso, en agosto del 2020, y que por ello le dio mensaje de urgencia, era que fuera aprobado con suficiente tiempo de antelación para que sus disposiciones se estrenaran en las elecciones del 2022, texto en el cual trabajaron el Consejo de Estado, el Consejo Nacional Electoral y la Registraduría Nacional del Estado Civil.

En meses anteriores fue tal la preocupación de la organización electoral sobre si se alcanzaría a poner en práctica esta reforma en las próximas elecciones, o en su defecto se tendrían que realizar con el viejo Código, que el registrador Nacional, Alexánder Vega, y la presidenta del Consejo Nacional Electoral, Doris Méndez, presentaron en noviembre pasado a la Corte una solicitud para que le diera prioridad a la decisión.

No obstante, el alto Tribunal negó esta petición señalando que el estudio seguiría el trámite ordinario. 

La respectiva sentencia se ha demorado más tiempo de lo que muchos esperaban, entre varias razones, debido a que fueron impetradas tres recusaciones contra la procuradora general, Margarita Cabello, porque en una reunión que sostuvo en marzo de 2021 con el registrador nacional, Alexánder Vega, se hizo referencia a este proyecto, cuando el texto ya estaba en manos de la Corte. 

Posteriormente, cuatro ciudadanos que invocaron su derecho al amparo de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos recusaron a los nueve magistrados de la Corte, buscando que se declararan impedidos para actuar en varios procesos, entre éstos la reforma al Código Electoral.

Mientras tanto el calendario para las elecciones seguía avanzando y el pasado 13 de diciembre, cuando cerró el periodo de inscripción de candidatos al Congreso, se quedó sin aplicar el primero de los cambios gruesos que contiene la reforma al Código Electoral, pues no se pudo implementar la paridad de género en las listas (50% mujeres, 50% hombres).


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Qué alcanzaría a aplicarse

Partiendo de dos presupuestos: que, en primer lugar, la Corte declare exequible la reforma al Código Electoral y, en segundo término, que dicho fallo sea expedido a más tardar en las dos primeras semanas de marzo, algunas de sus disposiciones alcanzarían a entrar en las presidenciales de mayo.

Siendo así, en cuanto a estímulos a los electores podría aplicarse del nuevo Código un día de descanso compensatorio remunerado que se concederá dentro de los dos meses siguientes a la fecha de la votación, o la opción de acumular ese día con el período de vacaciones.

Asimismo, a la persona privada de la libertad que se encuentra habilitada para votar, se le abonará un día de reclusión en caso de que la sentencia que defina su situación sea condenatoria.

También los colombianos residentes en el exterior tendrán un descuento del 10% en el valor de cualquier servicio consular y de un 30% en el impuesto de timbre nacional por salida desde Colombia al país en que viven.

Además, la reforma al Código Electoral entra a regular a fondo las encuestas políticas, lo que está pendiente desde hace muchos años pues hasta hoy se rigen por una resolución del Consejo Nacional Electoral.

Esta normativa no alcanza para las elecciones parlamentarias, pero sí lo haría para las presidenciales de mayo, en aspectos como que los municipios con población igual o superior a 800 mil habitantes deben ser incluidos en la muestra.  En la actualidad muchos de estos estudios se limitan a tener en cuenta las 13 principales ciudades del país.

De igual forma, podría aplicarse en las encuestas para las presidenciales que cuando se indague por el conocimiento, favorabilidad política, opinión o intención de voto, se procurará investigar por la mayor diversidad de candidatos. La exclusión deliberada de aspirantes con reconocimiento público y opciones de ser elegidos se considerará como manipulación de la encuesta.

También en las elecciones presidenciales podría observarse que, con 24 horas de anticipación a la publicación de la encuesta, la firma deberá presentar ante el Consejo Nacional Electoral la ficha técnica en los términos que establezca esta reforma.

Las encuestas o estudios de opinión que no cumplan con los requisitos no podrán ser publicadas y difundidas por los medios de comunicación.

Una de las disposiciones más llamativas de la Reforma al Código Electoral que podría ser aplicada en las presidenciales es el cambio en el horario de votación, pues establece que se iniciará a las 8 de la mañana y cerrará a las 5 de la tarde, es decir, se amplía en una hora frente a lo que hoy está establecido.

Actual Código

La intención de reformar el Código Electoral ha motivado que sea uno de los proyectos de ley que más se han presentado en las dos últimas décadas, debido a que sigue vigente una norma de 1986 que fue expedida por el Decreto 2241, incluso antes de la actual Constitución, y que por el tiempo que ha transcurrido está desactualizada en muchos aspectos.