Urgen liquidar contratos suscritos bajo la Ley de Garantías | El Nuevo Siglo
Procuraduría pidió a las entidades territoriales acelerar la liquidación de los contratos que firmaron por la suspensión temporal de la Ley de Garantías.
Procuraduría
Lunes, 4 de Julio de 2022
Redacción Política

Un llamado perentorio hizo la Procuraduría General de la Nación a los alcaldes y gobernadores, para que terminen de liquidar los convenios interadministrativos que suscribieron bajo el amparo de la reforma a la Ley de Garantías durante el tiempo de elecciones, ajuste que, sin embargo, se cayó en el examen constitucional por error de trámite en el Congreso. Esta norma eliminaba las restricciones que hasta ese momento regían para los periodos electorales.

No obstante, estos convenios quedaron sin sustento tras caerse la norma en la Corte.   

El Ministerio Público “pidió a las entidades contratantes del orden nacional adoptar las medidas necesarias para dar cumplimiento a la decisión de la Corte Constitucional que dejó sin efecto el artículo 124 de la Ley 2159 de 2021, el cual autorizaba la celebración de convenios interadministrativos para ejecutar programas y proyectos correspondientes al Presupuesto General de la Nación, vigencia 2022”.   

De igual forma, la Procuraduría General de la Nación  formuló requerimientos a las alcaldías y gobernaciones de todo el país para que informen, tanto de la suscripción de los convenios interadministrativos con la Nación, como de los contratos celebrados con terceros.   

Así mismo, el Viceprocurador General de la Nación impartió instrucciones a las procuradurías regionales, distritales y provinciales para la vigilancia preventiva de los convenios interadministrativos celebrados entre la Nación y las entidades territoriales, con el fin de prevenir que los recursos públicos involucrados se utilicen con fines diferentes al interés general.   

En cumplimiento de dicha directriz, las procuradurías territoriales realizaron, en mayo de 2022, visitas a las gobernaciones y alcaldías para verificar el estado y ejecución de los convenios y contratos. 



La reactivación

La administración Duque decidió adelantar esta reforma para suspender de manera temporal los efectos de la Ley de Garantías, en lo que tiene que ver con la prohibición de firmar convenios interadministrativos durante los cuatro meses anteriores a las elecciones. 

El presidente Duque explicó que lo hizo con el fin de no frenar durante las elecciones de este año la reactivación económica que se viene dando en las regiones después de la crisis por el covid-19.

Con ese propósito, el Gobierno incluyó dicha reforma en el proyecto del Presupuesto General de la Nación del año 2022, y se sostuvo en ello a pesar de que durante el trámite en el Congreso las bancadas de la oposición advirtieron que podría caerse en la Corte Constitucional, teniendo en cuenta que la Ley de Garantías es estatutaria y solo puede ser modificada por otra de ese tipo.

La Corte Constitucional indicó en el fallo que “se acreditó una violación a la reserva de ley estatutaria, porque se modificó el parágrafo del artículo 38 de la Ley de Garantías Electorales a través de la ley anual de presupuesto. Esta violación, además, fue flagrante porque no había duda sobre los trámites constitucionales exigidos para modificar una ley estatutaria y la prohibición de incluir en una ley anual de presupuesto una materia estatuaria; ni respecto al contenido estatutario del referido enunciado”.

Adicionalmente, señaló la Corte, esto era claro para el Congreso de la República, que decidió votar el artículo 124 a través de las mayorías calificadas requeridas, tras reconocer su categoría estatutaria.

Tras analizar los argumentos de las 28 demandas contra dicho artículo, los magistrados también se encontraron vicios en cuanto a la violación del principio de unidad de materia.

Los efectos

El fallo de la Corte Constitucional tiene tres efectos sobre los convenios interadministrativos que se alcanzaron a tramitar al amparo de esta reforma provisional. 

Frente a los convenios interadministrativos suscritos cuyo objeto se haya ejecutado completamente, la Corte no emitió orden alguna, pues “los efectos constituyen una situación consumada”, dijo.

En segundo lugar, la Corte recalcó que a partir del comunicado de dicho fallo, no es posible suscribir convenios interadministrativos al amparo de la señalada reforma.

Por último, dijo que “los convenios interadministrativos suscritos al amparo del artículo 124 que no se hayan ejecutado completamente, deberán terminarse y liquidarse inmediatamente, sin perjuicio de la devolución de los recursos girados y no ejecutados y de las restituciones a que haya lugar”.

La Ley de Garantías establece la restricción a suscribir convenios interadministrativos en tiempo de elecciones, previniendo que la contratación pueda ser utilizada con fines políticos.

Según información de Colombia Compra Eficiente, con base en la reforma a la Ley de Garantías este año 10 entidades suscribieron 99 contratos por $388.841 millones.