la posibilidad de notificar por parte de los médicos, más no denunciar judicialmente, los casos de violencia intrafamiliar como casos de salud pública se abrió paso ayer para dirimir el conflicto de intereses que plantearon los facultativos ante la reglamentación de la Ley 1257 sobre agresiones de género.
“Es que la diferencia está en que el médico no puede denunciar porque entonces él estaría violando su secreto profesional, pero sí puede notificar obligatoriamente el problema de violencia”, le explicó a EL NUEVO SIGLO la senadora vallecaucana Dilian Francisca Toro, del Partido Social de Unidad Nacional (La U).
“¿Cómo lo notifica obligatoriamente? Si es un problema de salud pública” la violencia de género, “todos los problemas de salud pública, que son considerados así por parte del Ministerio” de Salud, “tienen que notificarse obligatoriamente en un formulario específico”, dijo Toro.
“Eso va a una vigilancia epidemiológica de la respectiva Secretaría de Salud y en este caso sería la Secretaría de Salud la que convenga con la justicia para hacer las denuncias respectivas”, precisó la congresista.
En igual sentido se pronunció la consejera Presidencial para la Equidad de la Mujer Cristina Plazas, advirtiendo que “el Gobierno nunca pretendió que los médicos hagan parte de los procesos judiciales” que inicie la Fiscalía contra quienes hayan agredido a una mujer.
Esta semana, el presidente de la Asociación Colombiana de Sociedades Científicas Rodrigo Córdoba admitió que su gremio se encuentra preocupado por las implicaciones que podría tener la norma: “Aunque no nos oponemos a la norma, nos preocupa que, tal y como ha sido interpretada y expuesta, incluso por la Ministra de Salud, los médicos seríamos obligados a violar nuestro secreto profesional, consagrado en el juramento hipocrático y en la Ley 23 de 1981”.