La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales - ANLA, emitió la Resolución No. 1091 de 2024, mediante la cual se impone una sanción de multa a la empresa C.I. Prodeco S.A., titular del Plan de Manejo Ambiental (PMA) del proyecto carbonífero Calenturitas ubicado en el departamento del Cesar.
La multa, que asciende a $1.739.012.826, se debe, en primera medida, a la falta de implementación de las barreras vivas o, en su defecto, barreras físicas alrededor de las áreas de los botaderos de estériles, patios de acopio de carbón y a lo largo del corredor minero, especialmente frente a las poblaciones de Boquerón y Plan Bonito. Al respecto, la ANLA evidenció que C.I. Prodeco S.A. no cumplió con los parámetros establecidos por la Autoridad Ambiental para el establecimiento de estas barreras, cuyo propósito es mitigar los impactos ambientales negativos en las zonas aledañas al proyecto, en particular, aquellos relacionados con el control de emisiones atmosféricas en las áreas o centros de acopio susceptibles de generar emisiones atmosféricas.
La falta de estas medidas de mitigación y contención representa un riesgo para la salud y el bienestar de las poblaciones aledañas, al exponerlas a posibles derrames, emisiones o arrastre de materiales peligrosos desde las áreas de operación minera.
Por otro lado, la entidad determinó igualmente que la empresa minera Prodeco no había reactivado la operación de la estación de monitoreo de PM10 ubicada en la parcelación El Prado, de acuerdo con los términos y condiciones impuestos en su momento por la Autoridad Ambiental, teniendo en cuenta que, en cumplimiento de las obligaciones relacionadas con el permiso de emisiones atmosféricas, a través de Auto de seguimiento No. 4108 del 28 de noviembre de 2013, la ANLA había impuesto un término de tres meses calendario, para reactivar la operación de dicha estación implementado las medidas necesarias para su funcionamiento; obligación que no fue acatada sino hasta el año 2015, cuando la estación de monitoreo entró nuevamente en funcionamiento.