Colombia continúa consolidándose como uno de los países con mayor y más variada jurisprudencia en materia de protección del medio ambiente y de los animales.
La más reciente decisión sobre el tema se conoció este fin de semana cuando el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibagué falló una acción de tutela instaurada por el ciudadano Juan Felipe Rodríguez Vargas, y declaró al Parque Nacional de los Nevados como sujeto especial de derechos.
Al tutelar los derechos a la vida, la salud y el medio ambiente sano del accionante, el despacho judicial ordena a las entidades accionadas diseñar un plan integral de recuperación, protección y conservación del parque.
El Parque Nacional Natural de los Nevados está ubicado en 583 km2 de extensión de la Cordillera Central y comprende los departamentos de Caldas, Quindío, Risaralda y Tolima. Allí están ubicados los nevados del Ruiz, Santa Isabel y del Tolima, en el que se encuentran un complejo de glaciares, lagos y bosques nativos, además de centenares de especies endémicas de flora y fauna, muchas de ellas en vía de extinción, que a su vez es el hogar del majestuoso cóndor de los Andes, insignia nacional.
Sin embargo, no ha sido la única decisión de esta importancia para el ecosistema que siente jurisprudencia en la legislación ambiental colombiana.
Hace justamente dos años, en agosto de 2018, el Tribunal Administrativo de Boyacá declaró al histórico Páramo, que forma parte de la Ruta Libertadora, como el primero del Sistema Nacional de Páramos en ser sujeto especial de derechos.
También por vía de tutela las 45.000 hectáreas cuadradas de este ecosistema natural pasaron a ser sujeto de protección y delimitación en favor de los habitantes de los municipios de Mongua, Socha, Tasco, Jericó, Pisba y Socotá, en el departamento de Boyacá.
La decisión obliga, entre otras acciones, al Ministerio del Medio Ambiente a defender el páramo de cualquier intención de exploración o explotación minera. El fallo vincula a las corporaciones autónomas Corpoboyacá y Corporinoquia.
Y en abril de 2018 también fue declarada sujeto de derecho la Amazonía colombiana como mecanismo para evitar su deforestación. Solo el año pasado esa cifra llegó a más de 23.000 hectáreas, de acuerdo con el Ideam.
El fallo fue la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia ante una demanda, y ordena la protección de los derechos a un ambiente sano, vida y salud de un grupo de 25 niños de esa región del país.
"Colombia es el país Latinoamericano con mayor jurisprudencia en materia de protección de los animales y el medio ambiente"
Ríos sujeto de derechos
Desde 2016 a través de diferentes fallos judiciales el país comenzó a trazar la ruta de nuevas jurisprudencias en materia ambiental.
- Río Atrato. En 2016 se produjo la primera sentencia de este tipo, la T-622 mediante la cual, la Corte Constitucional reconoció al río Atrato como sujeto de derechos para amparar, de paso, los derechos a la vida, a la salud, al medio ambiente y a la subsistencia de los pobladores de sus riberas.
Para ello, la Corte se pronunció de fondo sobre cinco tesis principales: los derechos bioculturales; el derecho fundamental al agua; el principio de prevención; el principio de precaución; y la vulneración de los derechos fundamentales a la vida, salud y medioambiente de las comunidades étnicas.
- Río Cauca. la decisión la adoptó en junio de 2019 el Tribunal Superior de Medellín al reconocer al Río Cauca, su cuenca y sus afluentes como sujeto de derechos a la protección, conservación, mantenimiento y restauración a cargo de Empresas Públicas de Medellín (EPM) y del Estado.
El fallo se adoptó en desarrollo de una audiencia de vigilancia efectiva al proyecto Hidroeléctrico de Ituango, Hidroituango.
- Río Magdalena. La decisión fue de octubre de 2019 y la tomó el Juzgado Primero Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Neiva al fallar una demanda presentada por varios ciudadanos ante el daño que, argumentaron, le generó al afluente el proyecto hidroeléctrico El Quimbo.
- Ríos del Tolima. En junio de 2019, el Tribunal Administrativo del Tolima declaró como sujetos de derecho los ríos Combeima, Coello y Cócora. La decisión también ordenó el cese de la exploración y explotación minera en sus cuencas.
- Río Quindío. En diciembre de 2019, el Tribunal Administrativo del Quindío ordenó a la Gobernación seccional ejercer la tutoría y representación de los derechos del río a través de la Secretaría de Aguas e Infraestructura, y garantizar su protección, recuperación y debida conservación.
Animales, sujetos de protección
En el caso de los animales, la jurisprudencia de la legislación colombiana no les ha concedido aún la categoría de sujetos de derecho, pero sí como seres sintientes que deben ser protegidos por el hombre.
- El oso Chucho. Uno de los casos emblemáticos fue el del oso Chucho, un oso de anteojos que nació en cautiverio y en determinado momento quiso ser liberado en su hábitat natural a pesar de su debilitado estado de salud.
Pero la Corte consideró que lo mejor para esta especie que nunca vivió de forma silvestre, era continuar su vida en el zoológico de Barranquilla.
En el 2017, la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia le concedió un habeas corpus a ‘Chucho’, hasta que el caso llegó a la Corte Constitucional.
- El caso de Clífor. Así se llamaba el perro mascota de una familia de Ibagué que necesitaba un medicamento especial de uso y venta restringidos por parte del Estado para tratar una epilepsia idiopática.
Por ello, un juez de tutela al aceptar el argumento de que el animal formaba parte integral de la familia, decidió proteger sus derechos y ordenar que se le suministrara el medicamento para continuar con su tratamiento.