Deberes y derechos, tanto para los empleadores y contratantes así como para los trabajadores autorizados para retornar a sus sitios de labor desde el próximo lunes, estableció el Gobierno Nacional al expedir los protocolos de bioseguridad que se tendrán que cumplir, con miras a preservar la salud y minimizar los factores que puedan generar contagios del Covid-19.
A través del Decreto 666 de 2020, el Gobierno Nacional estableció estas directrices que deberán cumplirse estrictamente mientras dure la emergencia económica, social y ecológica declarada por efecto del coronavirus y hace énfasis en que tanto empresas como trabajadores deberán apoyarse para el cumplimiento de estos protocolos de bioseguridad en las Administradoras de Riesgos Laborales, ARL.
De esta forma, este protocolo general de bioseguridad establece las siguientes responsabilidades, sin importar el tipo de contrato de prestación de servicios o de obra, como tampoco que sean trabajadores del sector público, privado, cooperativas o aprendices:
A cargo del empleador contratante, contratista cooperado o afiliado partícipe vinculado.
1. Adoptar, adaptar e implementar las normas contenidas en esta resolución
2. Capacitar a sus trabajadores y contratistas, vinculados mediante contrato de prestación de servicios o de obra, las medidas indicadas en este protocolo
3. Implementar las acciones que permitan garantizar la continuidad de las actividades y la protección integral de los trabajadores, contratistas y demás personas que estén presentes en las instalaciones o lugares de trabajo.
4. Adoptar medidas de control administrativo para la reducción de la exposición (al contagio de Covid-19) tales como floexibilizacion de tyurnos y horarios de trabajo, así como propiciar el trabajo remoto o en casa.
5. Reportar a las EPS y a la ARL correspondiente los casos sospechosos y confirmados de Covid-19
6. Incorporar en los canales de comunicación y puntos de atenciò0n establecidos en la información relacionada con la prevención, propagación y atención del Covid-19, con el fin de dar a conocer a trabajadores, contratistas y a la comunidad en general
7. Apoyarse en la ARL para ind3etificar, valorar el riesgo y en conjunto con la EPS lo relacionado con actividades de promoción de salud y prevención de la enfermedad
8. Solicitar la asistencia y asesoría técnica de la ARÇL `para verificar medidas y acciones adoptadas a sus diferentes actividades.
9 .Proveer a los empleados los elementos de protección personal que deban utilizarse para el cumplimiento de las actividades laborales que desarrolle para el empleador
10. Promover ante sus trabajadores y contratistas que tengan celulares inteligentes el uso de la aplicación CoronApp para registrar en ella su estado de salud.
A cargo del trabajador, contratista o afiliado participe
1. Cumplir con los protocolos de bioseguridad adoptados y adaptados por el empleador o contratante durante el tiempo que permanezca en las instalaciones de su empresa o lugar de trabaj9o y en el ejercicio de las labores que ésta le designe
2. Reportar al empleador o contratante cualquier caso de contagio que se llegase a presentar en su lugar de trabajo o su familia
3. Adoptar las medidas de cuidado de su salud y reportar al empleador o contratante las alternaciones de su estado de salud, especialmente relacionados con síntomas de enfermedad respiratoria y reportar en CoronApp