Ley de cuotas: del mandato jurídico a la conveniencia política | El Nuevo Siglo
Cortesía presidencia
Domingo, 28 de Febrero de 2021
Redacción Política

EL GOBIERNO AFRONTA CUATRO DEMANDAS ANTE EL CONSEJO DE ESTADO

Nada fácil está pinta la situación para el Gobierno del presidente Iván Duque frente a las demandas que cursan en el Consejo de Estado por el nombramiento de tres de sus ministros y de un director de Departamento Administrativo.

Se espera que en los próximos días el máximo tribunal de lo contencioso administrativo se pronuncie sobre las demandas de forma preliminar, esto es si las acepta o no. Si las acepta, la corporación tendrá que pronunciarse de fondo que, de paso, sería la primera vez en que lo haga frente a uno de los temas más sensibles por estos días: la llamada Ley de Cuotas.

Y es que como dice la conocida canción popular, “no fue una, ni fueron dos, tampoco tres”, son cuatro las demandas que reclaman medidas cautelares para que el Consejo de Estado suspenda los nombramientos de los ministros del Interior, Daniel Palacios Martínez; de Defensa, Diego Molano Aponte; de Cultura, Felipe Buitrago, y del director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República (Dapre), Víctor Muñoz.

Todo comenzó a finales del año pasado cuando tres estudiantes de Derecho –dos de la Universidad de Los Andes y uno del Externado- comprobaron que al revisar la Ley 581 de 2000, conocida como Ley de Cuotas, el Ejecutivo no estaba cumpliendo lo ordenado por el artículo 4º de la norma que determina como mínimo el 30% todos los altos cargos del Estado, en las tres Ramas del Poder Público, deben ser ocupados por mujeres. Esto es, Ministerios, Departamentos Administrativos y Superintendencias, pero solo se estaba cumpliendo en 27.78% de los casos.



Aunque la administración Duque comenzó con un gabinete paritario, incluso con mayoría femenina en los Ministerios cuando en enero de 2002 el recién creado Ministerio de Ciencia y Tecnología fue encomendado a Mábel Torres. Para ese momento eran diez Ministras, ocho Ministros.

Pero la balanza comenzó a desequilibrarse en diciembre pasado con la renuncia de Alicia Arango a la cartera  del Interior. En ese momento, 18 de enero, el presidente Duque designó a Daniel Palacios Martínez, por entonces viceministro, para ocupar la titularidad.

Luego vino la renuncia de Carmen Vásquez al Ministerio de Cultura, reemplazada desde el 12 de enero por el actual titular Felipe Buitrago. Con esta designación ya las mujeres en el gabinete son solo cinco (Canciller, Educación, Transporte, MinTIC y MinCiencia), mientras los hombres ocupan 13 despachos.

Y el 6 de febrero posesionó a Diego Molano como nuevo ministro de Defensa, en reemplazo del fallecido Carlos Holmes Trujillo. Mientras que el Director del Departamento Administrativo de la Presidencia (Dapre) Víctor Muñoz, se posesionó el 5 de febrero en reemplazo de Susana Correa.

En estas cuentas no se incluye a la Vicepresidenta de Martha Lucía Ramírez, pues no es un cargo de nombramiento presidencial.

A lo anterior se agrega que a nivel de Departamentos Administrativos la representación es mucho menor pues solo uno de seis despachos está ocupado por una mujer: Susana Correa en el DPS, es decir la cuota femenina se reduce al 16%.

Inicialmente los tres estudiantes de Derecho demandaron la designación de Palacios en la cartera política, pero tras la llegada al gabinete de Diego Molano y de Víctor Muñoz vinieron las otras demandas.

Dejusticia, Sisma Mujer, Humanas y la Red Nacional de Mujeres su sumaron a la causa para reclamar respeto por el equilibrio de géneros en s altos cargos del Estado.

Pero, esta vez, la petición de estas organizaciones ya no es solo una medida cautelar de suspensión de un nombramiento sino la nulidad de total y la designación de nuevos titulares en los cuatro despachos.

Diana Esther Guzmán, Subdirectora de Dejusticia, le dijo a EL NUEVO SIGLO, que las cuatro demandas no son contra la Ley de Cuotas sino para que se respete la Ley, porque al nombrar a tres Ministros y al director del Dapre no se cumplió la cuota del 30% que se exige para las mujeres en los altos cargos del Estado”.

Según explica, los artículos 2 y 3 de la norma “no se están cumpliendo en ninguna de las tres Ramas ni en los niveles regionales, tampoco en las Superintendencias ni en los Departamentos Administrativos. La Ley de Cuotas tiene un mandato explícito porque es una Ley Estatutaria, y tiene que cumplirse de manera tajante en cada nivel de cargos”, sostiene.



 El artículo 4 de la Ley dice: “Participación efectiva de las mujeres…. 

a) Mínimo el treinta por ciento (30%) de los cargos de máximo nivel decisorio, de que trata el artículo 2 (entiéndase como “máximo nivel decisorio”, el que corresponde a quienes ejercen los cargos de mayor jerarquía en las entidades de las tres ramas y órganos del poder público, en los niveles nacional, departamental, regional, provincial, distrital y municipal) serán desempeñados por mujeres; 

b) Mínimo el treinta por ciento (30%) de los cargos de otros niveles decisorios, de que trata el artículo 3., serán desempeñados por mujeres”.

Además, las cuatro demandas invocan los artículos 13, 40, 43, 93 y 209 de la Carta Política que, dicen los demandantes, desarrollan los principios constitucionales de igualdad, medidas afirmativas para grupos históricamente discriminados como las mujeres, y la prevalencia de las convenciones internacionales.

También recuerdan normas internacionales como la Convención Belem do Pará, la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, entre otras. Así las cosas, la artillería jurídica está aceitada.

Más aún sostienen los demandantes que el Gobierno Duque incluyó en su Plan Nacional de Desarrollo la política de equidad de género a través del Decreto 455 de 2020, que tampoco se ha cumplido.

Pocos antecedentes

La 581 de 2000 se expidió, inicialmente, como una forma de ir generando cultura sobre el derecho de la igualdad femenina en los altos cargos del Estado, pero a lo largo de estos 21 años no se ha cumplido del todo.

De hecho, en 2012 hubo una demanda similar contra el Gobierno de Juan Manuel Santos por el nombramiento de un Superintendente de Salud, y otra por la terna que en su momento integró Álvaro Uribe para la Defensoría del Pueblo sin incluir una mujer.

En ambos casos, antes de que la demanda prosperara, los errores fueron enmendados y no se llegó a sentencia.

Obvio, la Ley contempla unas sanciones para el Ejecutivo por incumplir la ley, pero los propios demandantes saben que eso no sucederá.

“Es cierto que los niveles de participación de la mujer han mejorado pero eso no significa que el cumplimiento de la Ley de Cuotas sea idóneo. Sí, se ha avanzado en algunos aspectos pero no en todos”, concluye la Subdirectora de Dejusticia.

Así las cosas, queda solo una pregunta por resolver, y es si el presidente Duque sacrificará el nombramiento de uno o los cuatro nombramientos en cuestión, con todo y lo que ello le pueda representar políticamente, o se someterá a la sanción que pueda derivarse del incumplimiento a una Ley de la República.