Para dar continuidad al proyecto de digitalización de documentos fiscales en Colombia, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) expidió la Resolución 000167 del 30 de diciembre de 2021, por la cual define los nuevos lineamientos para la expedición electrónica del documento soporte.
Inicialmente, entraba en vigencia la expedición electrónica del documento soporte el 31 de enero, luego el 2 de mayo, pero la DIAN anunció recientemente que amplía el plazo hasta el 1 de agosto de 2022.
Este documento es un soporte que las empresas deben emitir por la compra de bienes o servicios a personas no responsables de facturación y está vigente desde el 2020.
Cabe resaltar que todas las personas jurídicas están obligadas a presentar este soporte sobre los pagos que ejecutan a personas naturales no obligadas a facturar.
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Entre los beneficios que tiene el cambio de la normativa y expedición electrónica del documento están la desmaterialización de los comprobantes fiscales, mantener actualizada la información de sus costos deducciones e impuestos descontables reportados a la DIAN y acceder a nuevos servicios electrónicos como devoluciones automáticas y declaraciones sugeridas.
Para Yisel Zapata, directora de operaciones de Fisapay, “la expedición electrónica de dicho documento es una oportunidad de formalización para las empresas, ya que unifica los formatos y disminuye el riesgo de fraudes internos. Asimismo, a las personas naturales les facilita la presentación de información ante la DIAN”.
Es importante mencionar que uno de los grandes retos que tienen las Mipymes para la implementación de los requisitos electrónicos de la DIAN es que no cuentan con una adecuada organización de los procesos contables, lo cual dificulta la expedición de dichos requerimientos, y finalmente los lleva a la informalidad y les acarrea sanciones por parte de la DIAN.