MÁS de 30 demandas deberá fallar la Corte Constitucional contra varios artículos de la reforma tributaria que fue sancionada en diciembre pasado por el presidente Gustavo Petro. De ese total, tres han sido rechazadas, doce están en estudio y las otras quince siguen en trámite o en los despachos de los magistrados.
Solo por el sector de hidrocarburos, se han presentado más de diez demandas contra la reforma tributaria del gobierno Petro.
Precisamente, se conoció que, a finales de este mes o comienzos de junio, la Corte Constitucional debe comenzar a fallar algunos de estos procesos.
La Asociación Colombiana de Petróleo (ACP), dice que “hay más de diez demandas por inconstitucionalidad contra la reforma tributaria. Nosotros compartimos los argumentos de algunas de esas demandas. Y a la fecha en dos de esas querellas, la Corte Constitucional ha invitado a los gremios del sector, universidades, expertos y consultores a pronunciarse. Creemos que algunas de las medidas impositivas de esta reforma están fuera del marco de la legalidad”.
Luego de la firma presidencial que avaló la reforma tributaria, que pretende recaudar $ 20 billones por cada año hasta el 2026, la Corte Constitucional comenzó a recibir numerosas demandas ante la adopción de nuevos impuestos o modificaciones de algunos.
Educación
A mediados de diciembre, Enán Enrique Arrieta Burgos pidió ante la Corte la eliminación del artículo 95 del compendio de normas legislativas, el cual está relacionado con un tema que toca a la educación. En este se establece que las universidades tendrían que asumir intereses de los créditos del Icetex que los estudiantes solicitaron para acceder a la formación superior.
Sin embargo, hay una demanda que, si avanza en el tribunal, dejaría sin vida a la reforma. Esta fue la que presentó Humberto Longas Londoño y que pretende que se tumbe toda la ley. La demanda fue radicada el 30 de enero de este año. Posteriormente, el Alto Tribunal emitió un auto rechazando la acción, pero el demandante apeló y, recientemente, interpuso una súplica para que su pretensión sea incluida en la lista de reparto para resolver la demanda. Ya se conoce que el magistrado José Fernando Reyes es el encargado de atender esta demanda.
Desde entonces, no han parado las demandas y ahora suman 35. La más reciente de ellas radicada el 18 de abril, según los registros de la Corte, y se va contra buena parte del bloque de medidas relacionadas con el impuesto al patrimonio, el cual no existió en 2022, pero fue retomado en la primera reforma tributaria de este Gobierno y tiene que ver con el patrimonio superior a $ 3000 millones.
Sin duda la mayor parte de las demandas, van dirigidas a los temas que más controversia causaron durante su paso por el Congreso.
Hay demandas contra los impuestos saludables; contra el tributo que establece un pago por el plástico de un solo uso; contra la sobretasa que aplica a la industria extractiva. Esto último, previendo que el impuesto de renta de las personas jurídicas (empresas), ya tiene una tasa de tributación del 35 %, según lo había aprobado el gobierno anterior.
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Las regalías
Asimismo, hay otra demanda que podría tener posibilidad de evolucionar rápidamente en la Corte Constitucional es la que se refiere a las regalías.
Este fue uno de los temas que más molestia despertó en el sector empresarial. Se trata del artículo 19 de la ley de reforma tributaria que establece “la contraprestación económica de que tratan los artículos 360 y 361 de la Constitución Política no será deducible del impuesto sobre la renta ni podrá tratarse como costo ni gasto de la respectiva empresa indistintamente de la denominación del pago y del tratamiento contable o financiero que el contribuyente realice, e independientemente de la forma de pago de la misma, ya sea en dinero o en especie. Para efectos del impuesto sobre la renta el monto no deducible correspondiente a las regalías, pagadas en especie, será el costo total de producción de los recursos naturales no renovables”.
Al respecto y en su momento, la procuradora general, Margarita Cabello, dijo que la medida sería inconstitucional y que no sería legítimo que se tratara de impedir que las empresas del sector extractivo puedan hacer la deducción correspondiente del impuesto de renta, puesto que se trataría de un gasto propio de la actividad.
Del total de las treinta demandas, se sabe que quince de ellas han sido admitidas, tres fueron rechazadas, pero las otras doce están en reparto y deben definirse en los próximos días.
Bebidas azucaradas
Por el lado del sector político o del Congreso, hay varias demandas. Por ejemplo, dentro de quienes buscan tumbar la reforma están las firmas de abogados Gómez-Pinzón, DLA Piper Martínez Beltrán, el exmagistrado de la Corte Constitucional Manuel José Cepeda o el congresista Miguel Turbay. Lo que alegan, entre otras cosas, y con diferentes argumentos, tiene que ver con varios puntos de la reforma, por ejemplo, los impuestos a las bebidas azucaradas, los impuestos a los productos plásticos de un solo uso para empacar o embalar bienes o los cambios sobre las zonas francas.
“A modo de ejemplo, un fabricante de jabón líquido que utilice un envase plástico de un solo comprado a un tercer es considerado productor bajo el supuesto del artículo 50 de la Ley 2277 de 2022 y, por ende, un sujeto pasivo del impuesto, sin embargo, no incurre en el hecho generador del impuesto toda vez que el artículo 51, se refiere a la venta del envase y no del bien en sí mismo”, se lee, por ejemplo, en la demanda interpuesta por Gómez-Pinzón Abogados.
Lo que alegan, entre otras cosas, tiene que ver con los impuestos a las bebidas azucaradas, el impuesto a los productos plásticos de un solo uso y los cambios sobre las zonas francas
Esta misma firma destaca que la creación del impuesto a las bebidas azucaradas presenta una modificación respecto a lo que fue propuesto ante el Congreso y lo que fue aprobado, finalmente. Lo que quedó establecido es que el impuesto aplica para porciones que superen los seis gramos por cada 100 litros. Esto, dicen los demandantes, dejó por fuera del impuesto a varias bebidas azucaradas, lo que, por ende, genera un trato diferencial, injustificado, en quienes las producen. No se argumenta, dicen: “que aquellas bebidas con un gramaje superior a 4 gramos por cada 100 mililitros no generan un daño de las personas”.
Por el otro lado, Miguel Uribe, en su demanda, comentó que la propuesta del gabinete de Petro solamente aumentaría “la pobreza, la inflación y el desempleo”. “Esta demanda está sustentada en tres cargos, primero, no se contó con las garantías suficientes y mucho menos idóneas que permitieran un debate a la altura de la complejidad que este tema merece”, indicó.
“En el trámite del proyecto de la reforma tributaria no se permitió la discusión a profundidad de la ponencia y de las proposiciones, no hubo discusión y, finalmente, no se tuvo en cuenta la oposición para la conformación de la comisión de conciliación, pese a que así cuando lo solicitamos”, añadió al argumentar su opinión.
Universidades y la renta
En el despacho de la magistrada Natalia Ángel se encuentra ya la demanda de abogados que piden tumbar el artículo 95 de la reforma tributaria. Allí se creó una contribución de las universidades para apoyar a los estudiantes que financian sus carreras con el Icetex y que no reciben beneficios de tasa del Gobierno.
Otra demanda que hace curso y está a cargo del magistrado Jorge Enrique Ibáñez, pide tumbar un artículo de la ley, que define la base sobre la que deben declarar renta las empresas que explotan recursos naturales no renovables. Este tipo de compañías tienen que transferirle al Estado un porcentaje de sus ganancias, llamado regalías. Pero en su artículo 19, la reforma tributaria asegura que esas regalías no constituyen ni un deducible del impuesto a la renta ni un costo o gasto. Es decir, si una empresa hace $ 100 millones en un año y paga $ 20 millones en regalías, su renta se debe calcular sobre los $ 100 millones, no sobre $ 80. El promotor de esta demanda es el representante a la Cámara Carlos Edward Osorio, del Centro Democrático.