Amnistía general es inviable: presidente Iván Duque | El Nuevo Siglo
Cortesía Casa de Nariño
Viernes, 17 de Septiembre de 2021
Redacción Web

EN UNO de los eventos ayer en el marco de la gira del presidente Iván Duque por España, el mandatario visitó la Agencia EFE, en donde ofreció una larga entrevista y aclaró que la propuesta del expresidente Álvaro Uribe en torno a aplicar en Colombia una amnistía general no es posible.

"Él ha hecho una expresión sobre eso hace una semanas, que además creo que le ha ido matizando en los últimos días porque, entre otras cosas, no se pueden otorgar amnistías a crímenes de lesa humanidad. En el caso particular de las autodefensas, que fue uno de los temas frente a los cuales él hizo referencia, fueron extraditados durante el gobierno Uribe para cumplir penas de narcotráfico”, señaló Duque.

Acotó el mandatario que Uribe “me dijo que una vez cumplidas esas penas de narcotráfico estas personas tenían que regresar a Colombia para responder por los delitos de lesa humanidad que habían cometido dentro de una figura conocida como Justicia y Paz, que entraña la reducción sustancial de la pena mas no la ausencia de pena. Y estas personas tienen que someterse a penas que están entre 5 y 8 años".

Añadió el Presidente que "entonces me parece bien que una vez cumplan sus penas por narcotráfico, se sometan a los principios transicionales a los cuales ellos se comprometieron en su momento y puedan cumplir esas penas que tienen en nuestro país… Pero una ausencia de pena o un perdón frente a sus delitos, en mi modo de ver, es inviable ante el derecho internacional y es inviable frente a los compromisos que adquirió Colombia en el proceso Justicia y Paz”.


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Como se sabe, el Centro Democrático presentó ya un borrador del acto legislativo que quiere llevar al Congreso respecto a la amnistía general.

“Se permitirá por una sola vez que personas condenadas o procesadas por delitos, o que tengan sanciones o procesos administrativos de pérdida o inhabilidades de derechos políticos, sean elegidas para cargos de representación popular o nombradas en la administración pública, con observancia de los requisitos generales sobre la materia. Se exceptúan delitos de lesa humanidad, crímenes de guerra, delitos de conocimiento de la Corte Penal Internacional y de corrupción en la contratación pública”, señala el primer artículo.

Se añade que “la ley, por una sola vez, ampliará los subrogados penales en favor de personas condenadas o procesadas, salvo por los delitos mencionados en el inciso anterior”.