Teniendo en cuenta la entrada en vigencia de la Ley 2155 de 2021, conocida como Ley de Inversión Social, los empleadores que vincularon en sus nóminas jóvenes entre 18 y 28 años y personas mayores en los meses de septiembre y octubre podrán postularse en noviembre para recibir el apoyo del Gobierno Nacional.
La solicitud del incentivo económico podrá realizarse siempre y cuando los aportes en la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes, PILA, se encuentren al día.
Para el caso de los jóvenes entre 18 y 28 años, se recibirá por cada trabajador el 25 % de un salario mínimo mensual legal vigente, correspondiente a $227.131, para lo cual el empleador debe postularse mes a mes. Por su parte, la creación de puestos de trabajo para hombres mayores de 28 años el incentivo es del 10 % de un salario y si se trata de vincular mujeres, el apoyo será del 15 %, teniendo en cuenta que los ingresos no excedan los tres salarios mínimos en los dos últimos casos.
"Convoco a los empleadores a que continuemos aprovechando esta oportunidad, es un incentivo económico que estará en operación hasta el 2023", señaló el viceministro de Empleo y Pensiones, Andrés Felipe Uribe Medina.
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Estos estímulos para la generación de empleo, quedaron convertidos en política pública y beneficia a las personas jurídicas, personas naturales, consorcios, uniones temporales, patrimonios autónomos y cooperativas.
El empleador o quien se crea acreedor al auxilio, debe realizar el trámite ante la entidad financiera en la cual maneja su cuenta bancaria, donde debe presentar el formulario de manifestación de intención y postulación como beneficiario del apoyo para la generación de empleo, tanto para jóvenes como para mayores de 28 años, y diligenciar la certificación de cumplimiento de requisitos.
Las dudas e inquietudes sobre el cronograma o el proceso de postulación podrán remitirse al correo electrónico apoyojovenes@mintrabajo.gov.co.
Para adelantar la verificación del número de los nuevos empleados y calcular el aporte estatal, la UGPP validará, tanto para los trabajadores dependientes, como para los trabajadores asociados, que las obligaciones pertinentes a través de la PILA se encuentren al día.