Pese a no discutirse en la legislatura pasada, 16 congresistas de diferentes partidos políticos presentaron de nuevo el proyecto de reforma constitucional que promulga la figura de la prisión perpetua en el país.
La senadora Esperanza Andrade (Partido Conservador), autora de la iniciativa, aseguró que para implementar esta controvertida medida se modificará el artículo 35 de la Constitución Política, con el propósito de aplicarla para quien cometa el delito de feminicidio, teniendo en cuenta las circunstancias del tiempo, modo y lugar en que ocurran los hechos.
Según la proposición, la medida puede ser revisable de manera excepcional cuando una mujer sea víctima de esta conducta punible, y establece que el plazo de revisión de las autoridades competentes para determinar su decisión sobre el caso será de 20 años, de la mano con la resocialización del implicado.
“El feminicidio es la máxima expresión de las violencias contra las mujeres, que ocurren en el ámbito privado y público. Este delito permite visibilizar que las mujeres son asesinadas por lo que lo social y culturalmente significa ser mujer en una sociedad que sustenta la discriminación, la desigualdad y justifica todas las violencias contra ellas”, aseguró la congresista conservadora.
Asimismo, resaltó que este es un fenómeno que ocurre desde hace varios años, pero que ante la falta de leyes que castiguen a los criminales, la mayoría de casos quedan en la impunidad.
“Con la situación actual que vive el país y el mundo, este tipo de conductas se ha acentuado y es imperativo que se pueda viabilizar la implementación de penas de mayor relevancia como la prisión perpetua a quienes incurran en este tipo penal, con el fin de prevenir que se sigan presentando estos hechos que hoy generan miedo en la mujer colombiana”, señaló.
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Sin resocialización
Igualmente, la congresista aclaró que, al ser una medida de prisión perpetua, no se contempla la eliminación de la resocialización de los condenados, ya que la normatividad colombiana garantiza la integración a los programas de estudios o actividades productivas en el centro carcelario donde se esté pagando la pena.
“Es claro, entonces, que en un sistema penal propio de un Estado democrático de derecho como lo es Colombia, no puede ser negada absolutamente, so pena de que cualquier norma que así lo establezca sea cuestionada desde el punto de vista constitucional. Así las cosas, es equivocado pensar que la cadena perpetua descarta las posibilidades de resocialización del condenado, ya que afecta desproporcionalmente su dignidad humana”, expresó.
Frente a los cuestionamientos sobre el impacto fiscal que generaría la modificación constitucional, Andrade indicó que “no es una medida costosa si se tiene en cuenta que se trata de eventos excepcionales y, además, lo que se busca es la garantía y protección del derecho a la vida de las mujeres por su condición”.
De otro lado, la senadora indicó que muchos de los tratados internacionales que ha abordado esta problemática no desaprueban la prisión perpetua. “Los países que han ratificado estos tratados tienen la posibilidad de imponer este tipo de penas cuando la conducta se considera grave. Pero, lo que sí está prohibido es el sometimiento a penas crueles, inhumanas o degradantes”, subrayó.
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Cifras no tan alentadoras
El último reporte del observatorio de feminicidios reveló que entre los meses de enero y mayo de 2021, se registraron 258 actos contra la vida de las mujeres en Colombia, una cifra que supera a los registrados en 2020 durante ese mismo periodo, donde se reportaron 188, respectivamente. El mes que tuvo mayores registros fue enero con 55 feminicidios, seguido de marzo con 52, abril con 51, y finalmente febrero y mayo con 50.
De igual manera, el Instituto de Medicina Legal detalló que, en el último año, más de 23 mil mujeres podrían ser víctimas de violencia feminicida en el país, lo que representa un incremento de 21 mil casos en comparación con el año 2019.
El informe resaltó que el 59,1% de los hechos ocurren en las viviendas, y frente a la manera en la que los agresores acabaron con la vida de las damas, la entidad constató que el 67,2% fue provocada por asfixia, seguida de arma cortopunzante con 62,5% y arma de fuego con el 62,3%. Las regiones con mayor registro de feminicidios son Bogotá, Medellín, Neiva, Cartagena, Bucaramanga y Villavicencio.
De otro lado, la Universidad La Gran Colombia señaló que solo 11 países de América Latina han incorporado el feminicidio dentro de sus legislaciones, por lo que Andrade sostuvo que “aunque se han logrado avances en materia de protección y garantías, falta mucho camino por recorrer”.
Anteriores proposiciones
Aunque ya se encuentra en lista para tener su primer debate en la Comisión Primera de Senado, la realidad es que este tipo de iniciativas no ha contado con la mejor de las suertes. Si bien es cierto que, durante la anterior legislatura, fue aprobado el proyecto que estableció la prisión perpetua revisable para los violadores de niños, niñas y adolescentes del país, conocida popularmente como la Ley Gilma Jiménez, la Corte Constitucional emitió una sentencia donde la declaró como inconstitucional, lo que la dejó inválida jurídicamente y provocó una serie de reacciones negativas para el Alto Tribunal.
Asimismo, el representante Jorge Enrique Burgos había propuesto una iniciativa similar a la que radicó la congresista Esperanza Andrade, con la diferencia de que no exponía la problemática del feminicidio en Colombia, sino en términos generales. No obstante, la propuesta fue archivada el pasado 20 de diciembre de 2019 por vencimiento de términos en el Congreso.
Otra de las iniciativas que no lograron cursar su trámite en el Congreso fue la propuesta del senador Carlos Guevara (Partido MIRA) y el representante José Edilberto Caicedo (Partido de la U), la cual establecía una inhabilidad para condenados por delitos contra la libertad, integridad y formación sexual, y violencia intrafamiliar.
Pese a que alcanzó a ser publicada para su primer debate en la Comisión Quinta de Cámara, el proyecto nunca fue puesto en consideración por los congresistas, por lo que fue archivado por tránsito de legislatura.
Finalmente, uno de los proyectos que tampoco surtió su primer debate, tanto en Senado como en Cámara, fue la Ley Yuliana Samboní, que permitía esta acción penal cuando la víctima de los delitos de homicidio, acceso carnal violento, secuestro, explotación sexual o feminicidio sea un menor de 14 años, al igual que cuando sea menor de 18 años y presente alguna discapacidad.
Debido al gran revuelo que generó este impactante hecho a nivel nacional, inicialmente se observaba la disposición de los congresistas para sacar adelante la proposición; sin embargo, el 20 de junio de 2017 todas las esperanzas de que se convirtiera en ley de la República se derrumbaron con el archivo de la propuesta.