Corte Constitucional se aprestará a emitir fallo sobre Código Electoral | El Nuevo Siglo
El Nuevo Siglo
Lunes, 29 de Noviembre de 2021
Redacción Política

Diez meses después de haber llegado a sus manos, la Corte Constitucional está lista para pronunciarse sobre la exequibilidad o no del proyecto de reforma al Código Electoral, el cual se esperaba se aplicara en las elecciones del 2022, pero ya es tarde para ello. En la sala plena de mañana el proyecto de fallo aparece en el lugar 13 del orden del día. En caso de que en esta sesión no tenga tiempo para decidir, aún quedan dos salas en lo que resta del año.

El pasado 29 de octubre, el magistrado designado como sustanciador, Jorge Enrique Ibáñez Najar, radicó ante la Sala Plena de la Corte la esperada ponencia de la reforma al Código Electoral.

A partir de dicha ponencia los nueve magistrados de la Corte darán la discusión sobre si las disposiciones de la reforma al Código Electoral se ajustan a la Constitución, y si el trámite en el Congreso de este proyecto de ley estatutaria se hizo de acuerdo a la normatividad.

Como se dijo, el análisis de esta reforma figura en el lugar 13 del orden del día de mañana de la Sala Plena; sin embargo, a decir verdad, es poco probable que los magistrados le puedan dar discusión en esta oportunidad teniendo en cuenta que en primer lugar está la demanda que busca sacar el aborto del Código Penal, es decir, para que deje de ser un delito.

Este último tema, por lo profundo y polémico del debate, debido a que la Carta Política asume la vida como un derecho fundamental, además por las implicaciones sociales, hacen presagiar que a la Corte le tomará la mayor parte del día, si no todo.

Siendo así, la votación sobre la ponencia de la Reforma al Código Electoral se quedaría para las dos salas que restan este año en la Corte, pues en la tercera semana de diciembre comienza la vacancia judicial.

La intención de reformar el Código Electoral ha motivado que sea uno de los proyectos que más se han presentado en las dos últimas décadas, debido a que sigue vigente una norma de 1986 que fue expedida por el Decreto 2241, incluso antes de la actual Constitución, y que por el tiempo que ha transcurrido está desactualizada en muchos aspectos. Por ejemplo, habla de papeleta para votar, pero desde hace varios años se utiliza el tarjetón.

El actual proyecto de ley estatutaria fue radicado en agosto del año pasado, y el Gobierno le dio mensaje de urgencia con la intención, precisamente, de que fuera aprobado con suficiente tiempo de antelación para estrenarse en las elecciones de 2022.

Incluso el presidente Duque llamó a sesiones extras al Congreso en diciembre pasado para que se lograra su aprobación.

Tras ser evacuado por el Congreso, el proyecto fue radicado el 19 de enero de 2021 en la Corte Constitucional.


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Durante febrero pasado el magistrado Ibáñez realizó las respectivas pruebas que le sirvieron para el estudio que hizo sobre la exequibilidad o no del texto aprobado por el Legislativo.

Sin embargo, en abril pasado comenzaron a presentarse escollos en el estudio de la reforma al Código Electoral, pues fueron impetradas tres recusaciones contra la procuradora general, Margarita Cabello, entre otras, porque en una reunión que sostuvo en marzo pasado con el registrador nacional, Alexánder Vega, se hizo referencia a este proyecto, cuando el texto ya estaba en manos de la Corte. 

No obstante, el alto Tribunal no encontró mérito y rechazó dichas recusaciones.

Posteriormente, cuatro ciudadanos que invocaron su derecho al amparo de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos,  recusaron a los nueve magistrados de la Corte, buscando que se declararan impedidos para actuar en varios procesos, dos de los más conocidos el Código Electoral y la llamada "ley de borrón y cuenta nueva".

Igualmente, la Corte Constitucional negó esta recusación, y de esta forma pudo seguir el estudio del proyecto.

En ese sentido, el pasado 9 de septiembre, la procuradora Cabello radicó ante la Corte el respectivo concepto, que era uno de los insumos que requería el magistrado Ibáñez para terminar la ponencia sobre la reforma al Código Electoral. En el documento la jefe del Ministerio Público conceptuó que los 276 artículos son constitucionales, pero solicitó que algunas de sus expresiones sean precisadas para garantizar la equidad de género y el debido control disciplinario de los funcionarios de elección popular.

El tiempo que le ha llevado a la Corte el estudio del proyecto ha preocupado al Gobierno, partidos políticos y a los aspirantes que se presentarán en las próximas elecciones, pues hay incertidumbre jurídica sobre si se aplicaría la nueva norma o el viejo Código. 

Fue tal la preocupación en este sentido que el registrador Nacional, Alexánder Vega, y la presidenta del Consejo Nacional Electoral, Doris Méndez, presentaron este mes a la Corte una solicitud para que le diera prioridad a la decisión sobre la reforma al Código Electoral, bajo la figura de urgencia nacional.

No obstante, el alto Tribunal negó esta petición, señalando que el estudio seguirá el trámite ordinario.

No se aplicarán 

Partiendo de la base de que la Corte Constitucional avale la exequibilidad de la reforma al Código Electoral, la mayoría de las nuevas disposiciones no se alcanzarán a aplicar en los comicios legislativos de marzo, incluso algunas tampoco en las presidenciales de mayo del 2022. 

Por ejemplo, la reforma establece la paridad de género en las listas al Congreso (50% mujeres, 50% hombres), pero esto ya no va porque el pasado 13 de noviembre comenzó por un mes la inscripción de candidatos al Senado y las 32 cámaras departamentales más Bogotá.

Como consecuencia, los partidos ya han avanzado en la conformación de las listas, observando lo que dice la ley vigente en materia de participación de género, es decir, el 30% en Senado e igual porcentaje en las circunscripciones a Cámara que eligen cinco o más escaños.

Tampoco los tribunales de vigilancia y garantías electorales que ordena integrar el nuevo Código al Consejo Electoral para comicios nacionales funcionarán como se dispone, pues deben operar a partir de la expedición del calendario electoral que la Registraduría Nacional haga en cada certamen, con el fin de asegurar el normal desarrollo de cada una de las etapas del proceso.

En el caso del calendario para los comicios del Congreso en 2022 fue elaborado en marzo pasado, pero dichos tribunales no han sido conformados porque el nuevo Código Electoral está en estudio de la Corte.

Tampoco alcanzó a ser implementada la regulación que hace el nuevo Código Electoral de listas de coaliciones de partidos minoritarios al Congreso, por lo que las colectividades que quieran acogerse a este mecanismo tendrán que acudir a la tutela.

De igual forma, porque no alcanza el tiempo, no tendrá aplicación en las próximas elecciones el domicilio electoral previsto en el nuevo Código, entendido como el lugar de asiento permanente que el votante debe registrar bajo la gravedad de juramento en el censo electoral.

Lo que operará en los próximos comicios es la inscripción de cédulas por cambio de domicilio o residencia, que se viene haciendo desde marzo pasado.

De las pocas disposiciones del nuevo Código Electoral que se podrían aplicar en los próximos comicios es la ampliación en una hora de las votaciones, que ahora sería de 8 a.m. a 5 p.m.