Reforma laboral, a cuentagotas | El Nuevo Siglo
EL TRABAJO en casa es una de las actividades que debe regular el Gobierno./ENS
Foto Montaje El Nuevo Siglo
Martes, 22 de Diciembre de 2020
Redacción Economía

Aunque está lejos de que el país inicie a profundidad la discusión de una reforma laboral que permita modificar el Código sustantivo del Trabajo, desde el año pasado se han presentado diferentes proyectos para modificar la regulación laboral de los colombianos.



En la agenda del Congreso están proyectos como el del trabajo en casa, el teletrabajo, la iniciativa para buscar la seguridad social de las personas que trabajan en aplicaciones digitales, la reducción de 48 horas a 40 horas de la jornada laboral, así como la propuesta de establecer una primera extralegal.

Trabajo en casa

La discusión del proyecto de ley sobre trabajo en casa quedó para el próximo año, y solo ha superado un debate.

El Gobierno busca que el trabajo en casa sea regulado luego de que esta modalidad se volviera fundamental para conservar empleos en una coyuntura excepcional como la pandemia. Y es precisamente en esos escenarios en los que la figura funcionaría, es decir, no de forma permanente.

Lo anterior se debe a que el proyecto reconoce que trabajo en casa y teletrabajo son cosas distintas. Mientras que la primera es producto de una situación especial y excepcional, que no requiere cambios en la relación laboral inicialmente pactada, el teletrabajo es una figura que en Colombia existe desde 2008 y que debe ser adoptada desde el inicio del contrato y de forma permanente.

La propuesta busca que bajo el trabajo en casa se respeten derechos como el de la jornada laboral máxima, así como el derecho a la desconexión, es decir, abstenerse de prestar los servicios durante los periodos de descanso. Asimismo, plantea que si persisten las condiciones que llevaron a adoptar el trabajo en casa, se haga el tránsito formalmente al teletrabajo, es decir, a una modificación en la relación contractual.

El proyecto, que es promovido por el Ministerio de Trabajo, ya fue aprobado en primer debate por las comisiones séptimas conjuntas. Ahora está pendiente de ser aprobado por las plenarias.

El proyecto tiene como fin dejar las pautas claras que debería seguir una empresa que quiera que sus empleados trabajen desde casa, entre esas pautas se encuentran el tipo de contrato, las condiciones temporales, entre otras cosas.



“El trabajo en casa no necesariamente implica que el empleado deba estar conectado todo el día para producir o cumplir con sus funciones laborales”, explicó el senador ponente, Carlos Francisco Motoa.

Dentro de la lista de cosas que deben reglamentarse, según lo plantea el proyecto de ley, se encuentran los motivos y la cantidad de tiempo que un empleado podría teletrabajar, es decir, los empleadores solo podrían solicitarles teletrabajar a sus empleados por una cantidad máxima de tres meses que, podrían ser prorrogables por tres meses más, teniendo en cuenta las consecuencias que esto traería.

El teletrabajo

Aunque el ministro de Trabajo, Ángel Custodio Cabrera, anunció que presentaría el proyecto de ley para reformar el teletrabajo a partir del 20 de julio, no lo hizo, pero cursa uno de iniciativa parlamentaria que no ha comenzado a debatirse.

El teletrabajo, según lo planteado, indica que las empresas que adopten esta modalidad deberán asegurarle los mismos beneficios, derechos y garantías que rigen en el contrato que se haya firmado inicialmente, es decir, deben mantenerse, en caso de existir esas condiciones estipuladas en el contrato, una estabilidad en los horarios de la jornada, pago de horas extra, trabajo nocturno, dominicales y festivos, vacaciones y descansos.

Según algunos analistas, en lo que va de la pandemia, los empleados denunciaron que trabajaron más horas de las que les correspondía, por lo que, con el proyecto de ley, el empleado adquiere el derecho que se denominó como desconexión laboral, lo que evitaría más abusos en ese sentido.

Por otra parte, los insumos necesarios para que el empleado pueda trabajar desde su hogar también estarán atados a negociación, aunque los empleados bien pueden hacer uso de sus equipos personales, deberán llegar a un acuerdo con sus empleadores para saber si pueden hacer uso de ellos o, si la empresa le otorgará equipos aparte.



Según lo estipula el proyecto “en teletrabajo los empleados pueden disponer de sus propios equipos y demás herramientas, siempre que medie acuerdo con el empleador; si no hay acuerdo, el empleador debe suministrar los medios de trabajo, de acuerdo con los recursos disponibles. Previo a la implementación del trabajo en casa, toda empresa y entidad pública o privada deberá contar con un procedimiento tendiente a proteger este derecho”.

Entre otros aspectos varios el proyecto pretende que a los empleados se les respete el derecho de no trabajar si cuenta con incapacidad médica. Se solicita que los empleadores promuevan la formación, capacitación y desarrollo de competencias digitales de sus trabajadores, y les aseguren un auxilio monetario para pagar la cuenta de conexión a internet a los empleados cuyos salarios no asciendan de dos salarios mínimos mensuales legales vigentes.

La prima extralegal

En septiembre de 2019 la Comisión Séptima del Senado aprobó, en primer debate, el proyecto de ley que busca otorgar una prima extralegal a los trabajadores que devenguen hasta tres salarios mínimos en el país y que podía  beneficiar a 5,4 millones.

Sin embargo, en mayo de este año, el ponente, el senador Álvaro Uribe Vélez, dijo que el Centro Democrático había pedido que se aplazar este proyecto que propuso el partido. “La prima que propuso el Centro Democrático el año pasado, nosotros creemos que tiene validez, pero hemos dicho aplácenla porque no se puede en este momento”, aseguró Uribe.

Informó que desde diferentes sectores recibieron propuestas para que el Gobierno con el decreto de emergencia eliminara el pago de la prima.

Reducir horas laborales

En noviembre pasado el Senado aprobó el proyecto de ley que busca reducir la jornada laboral en Colombia de 48 a 40 horas por semana. Esta iniciativa es también del expresidente Álvaro Uribe, y ahora debe ser analizada por la Cámara de Representantes.



Este proyecto tiene como objetivo que los trabajadores tengan mayor tiempo para compartir con sus familias, desarrollar actividades personales o continuar sus estudios, por lo que no busca afectar el sueldo.

Sin embargo, este proyecto tiene la férrea oposición de los gremios empresariales del país como Acopi, Andi y Fenalco.

Luego de conocerse la decisión del Senado de aprobar el proyecto  en primer debate, Bruce Mac Master, presidente de la Asociación Nacional de Empresarios de Colombia (Andi), publicó mediante su cuenta de Twitter que no estaba de acuerdo con la iniciativa por el impacto que podría tener en el mercado laboral.

"El cambio de la jornada laboral va en el sentido totalmente contrario al que debería. Se está encareciendo la creación de empleo, se está afectando la competitividad Lamentable que no se haya tenido en cuenta eso en el Senado hoy La responsabilidad que tenemos es grande", destacó el líder gremial.

La seguridad social en las aplicaciones

También en el Congreso está la iniciativa de regular la seguridad social de los trabajadores de las aplicaciones digitales. Actualmente están vinculadas a esta modalidad de trabajo entre 20 y 25 mil personas, de las cuales cerca del 45% es considerada su actividad principal.

Estas nuevas modalidades implican varios retos y la necesidad de ajustar la legislación laboral. Así, se hace necesario regular esta nueva modalidad de ocupación, a partir de la protección de garantías básicas para quienes prestan esta clase de servicios. Esto sin dejar de lado la flexibilización necesaria para estimular el crecimiento de estas modalidades de servicio colaborativo.



Es decir, los marcos de regulación existentes en la legislación laboral i.e. trabajador o contratista independiente, no se ajustan de ninguna forma a las relaciones jurídicas establecidas a partir del uso de una plataforma móvil. Lo anterior se debe a la naturaleza de su trabajo, por cuanto no encaja en las categorías establecidas por la ley.