Es preciso dejar establecido que la navegabilidad del río Magdalena no se podrá lograr jamás mientras ella no comprometa concomitantemente la recuperación y rehabilitación de su cuenca. Como es bien sabido en 1500 el 90% de la cuenca estaba poblada por bosques, los cuales se han reducido a sólo el 10% como producto de la tala y la deforestación de la cual ha sido objeto y a consecuencia de ellas sobreviene la erosión y con la erosión la sedimentación que arrastra el río, la que termina en bancos de arena en su cauce y en la barra de sedimentos que acusa su desembocadura imposibilitando su navegabilidad.
En este caso, contrariando el adagio popular, el ahogado hay que buscarlo es aguas arriba, pues hasta que no se detenga la erosión el río seguirá arrastrando anualmente más de 250 millones de toneladas, aproximadamente, de sedimentos y desechos. Pretender garantizar la navegabilidad permanente del río mientras no se detenga el ecoCidio de la cuenca es como pretender endulzar elmar, lo más parecido al drama de Sísifo, ¡el de la mitología griega!
Colombia cometió con el río Grande de la Magdalena, más que un error, la torpeza, la indolencia y la ingratitud, de abandonarlo a su propia suerte después que sirvió de él. Ello ha obedecido, entre otras razones a que mientras en la inmensa mayoría de los países que han logrado su crecimiento y desarrollo localizando sus empresas cerca de los puertos, aquí en Colombia se ubicaron en la altiplanicie, a más 500 kilómetros y a más 1.000 kilómetros de sus principales puertos sobre el Pacífico y el Caribe, respectivamente.
Este cuello de botella explica, entre otras cosas, que los costos de manejo y transporte de carga en la exportación/importación de bienes y mercancías representan, según el reporte Doing Business de 2013, el 78.7% de los costos totales de una operación en que incurren las empresas en Colombia, afectando enormemente su competitividad. Basta comparar dichos costos en la OCDE y con los de Latinoamérica, cuyos promedios, según la misma fuente, estaban en dicho reporte en el 48.5% y 43%, respectivamente.
Ha llegado la hora de rescatar y recuperar el Río Grande de la Magdalena, convertido como está en una verdadera cloaca abierta que recoge a lo largo de su trayecto toda la inmundicia que arrojan a su cauce. La Constituyente de 1991, gracias al prestigioso sociólogo del Caribe Orlando Fals Borda, uno de sus delegados, quiso reivindicarlo y fue así cómo incorporó en la nueva Constitución la creación de la Corporación Autónoma Regional del Río Grande de la Magdalena, la única en el país con rango constitucional, en su artículo 331, desarrollado mediante la Ley 161 de 1994. Y entre sus funciones está “la recuperación de la navegación, de la actividad portuaria”. Esta, como tantas otras normas de la Constitución de 1991 se ha quedado escrita en el papel, que puede con todo.
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*Miembro de Número de la ACCE