Celebramos 30 años de la expedición de la Constitución Política de Colombia, caracterizada por ser amplia en garantías fundamentales, a pesar de haberse fraguado a instancias de conservadores y liberales que en su afán de mantener su hegemonía llevaron al pueblo a renunciar al poder soberano en el plebiscito de 1957, dejando únicamente la posibilidad de darse una nueva carta en manos del Congreso que, como sabemos, se dedicó al turismo parlamentario y a hacer todo menos a cumplir su deber. Al final, para sorpresa de muchos, no fue ni azul ni roja, la de 1991 terminó siendo verde, ecológica.
Muy a pesar del mandato verde, los colombianos de hoy estamos viendo que la biodiversidad se nos escurre de las manos, no hay un compromiso real por parte de los gestores institucionales, las Corporaciones Autónomas Regionales cumplen su papel de la manera más discreta posible, se convirtieron en auténticos fortines políticos, a instancias de ellas se viene deforestando a pasos agigantados, el tráfico de especies silvestres no cesa y cada vez son más las especies amenazadas.
Esa visión verde ha permitido que, ante el fracaso de la gestión de los recursos naturales por las autoridades ambientales y, muy a pesar de la taras formalistas de nuestro ordenamiento jurídico, se estén abriendo escenarios de protección a elementos de la naturaleza y de los animales de maneras inéditas en la historia jurídica nacional, tal como ha ocurrido con el reconocimiento como Sujetos de Derechos a los ríos Atrato, la Plata, Cauca, Pance, Quindío, Otún y Magdalena, al Páramo de Pisba, a la Amazonía, a la Vía Parque Isla de Salamanca y, al Parque Nacional Natural Los Nevados, entre otros.
En el campo de los Derechos de los animales se viene avanzando, incluso en la dirección del reconocimiento de la familia multiespecie. Un ejemplo prometedor es el “caso del perro Clifor”, donde el Juzgado Primero Penal del Circuito de Ibagué (Tolima), en sentencia del 26 de junio de 2020, amparó los derechos a la preservación del núcleo familiar de la señora Lina Sofia Lozano Cárdenas y los derechos de supervivencia del ser sintiente Clifor.
Otro ejemplo es la decisión del Juzgado Civil del Circuito de Gachetá (Cundinamarca) que amparó los derechos fundamentales al libre desarrollo de la personalidad y a la intimidad personal y familiar de la señora Luz Adriana Rueda Gallo por las indebidas restricciones impuestas por la copropiedad Altos de Potosí, que pretendía limitar a un número máximo de tres (3) mascotas, las cuales deberían estar confinadas en la casa, ordenando levantar las medidas que le impedían a la accionante y a sus seis (6) perros disfrutar de las áreas comunes de acuerdo al plan familiar de vida.
Esperamos celebrar los cuarenta años de la Carta con los animales ubicados en un lugar de privilegio en su articulado. Esta generación ha trabajado duro para reconocerlos, a eso dedicaremos nuestros esfuerzos en los años que vienen. Será nuestro legado a las generaciones futuras de colombianos.
@LuisDGomezM, @ludogomezm, luisdomingosim@gmail.com