La Constitución Política de Colombia establece que “En Colombia no habrá penas irredimibles” y consagra el derecho a la igualdad para todos los ciudadanos, evitando así un criterio de venganza bajo el supuesto de ser aleccionador y ejemplarizante. En sentencia C-275 de 1993, la Sala Plena de la Corte Constitucional, con ponencia del H. Magistrado Antonio Barrera Carbonell, mi profesor de Derecho Administrativo, analizó la presunta perpetuidad de unas penas que como en el caso presente, tenían una considerable duración que podría resultar siendo inconstitucional por equivaler a una pena perpetua, cuestión que despachó desfavorablemente como motivo de tacha constitucional, después de un examen detallado. Dijo la Corte en esa decisión: “Lo perpetuo es lo intemporal, esto es, lo que no tiene límites ni medidas en el tiempo, lo infinito, de tal suerte que tiene un comienzo pero no un fin”.
Pues bien, en ciertas corporaciones sociales y académicas, se ha resuelto conservar la tradición de la irredención de la pena, aplicándole el veto sin fórmula de juicio, ni la posibilidad de ser oído y vencido en audiencia, a las personas, ahora, por sus convicciones conservadoras y católicas, siendo perseguidos por parte de unos supuestos guardianes de la sindéresis revelada, aplicando el método de la denominada “Balota negra”, disposición a todas luces inconstitucional en un dizque Estado Social de Derecho, donde los estatutos privados -muchas veces secretos y faltos de transparencia-, están por encima de la mismísima Carta Superior, ejerciéndose así un tratamiento discriminatorio e injustificado.
Es muy difícil ser la voz de quienes no tienen voz y el abogado de las víctimas de los verdugos que con su guillotina truncan por envidia las aspiraciones nobles de muchos descabezados que se enderezan a la certera persecución de quienes no son de sus afectos. Creo, en verdad, que Miguel de Cervantes Saavedra, en la Parte II, Capitulo III del Quijote, tenía mucha razón al decir: "Los hombres famosos por sus ingenios, los grandes poetas, los ilustres historiadores, siempre o las más veces, son envidiados de aquellos que tienen por gusto y por particular entretenimiento juzgar los escritos ajenos sin haber dado algunos propios a la luz del mundo".
Y no sólo hablamos de escritos, sino de cualquier obra del espíritu, del intelecto, del ingenio o de la razón, que se enfrenta a las envidias –tan humanas-, pero tan partícipes de las faltas capitales, que llevaron al papa Francisco, en la reunión del Consejo Mundial de Iglesias en Ginebra, Suiza, el 21 de junio de 2018, a decir: “Únicamente juntos se camina bien”. Creo, particularmente, que es hora de caminar juntos, ya que la exclusión de los subrogados penales y del principio de presunción de inocencia, vulnera ostensiblemente los principios de la dignidad humana, la igualdad y el derecho al debido proceso, pilares de nuestra normatividad.
Por esa razón, para quienes han sido procesados sin fórmula de juicio, en la Academia Patriótica Nacional Antonio Nariño tenemos las puertas abiertas, pues precisamente, El Precursor, fue quien dio a conocer en nuestro medio los derechos de la persona y de la ciudadanía.