Después de estas providencias de las altas cortes facultando a los municipios para excluir de la minería áreas de su territorio el escenario es otro, pues dejan sin piso las demandas reiteradas contra los actos administrativos proferidos por los alcaldes para convocar las consultas populares, los cuales dieron lugar a investigaciones disciplinarias. Detrás de Cajamarca vienen en camino una docena de consultas similares más, amén de las que están en ciernes contra la industria petrolera y el sector eléctrico, con los mismos argumentos.
Ahora la discusión se centra no en la competencia para excluir la actividad minera en todo o parte de su territorio, sino en dos aspectos primordiales: el alcance de la decisión que se toma a través de dichas consultas y la conveniencia de que la política pública en materia minera se defina a través de las urnas. Y, desde luego, la gran preocupación que invade a la industria minera y no sólo a esta sino también a los demás sectores es que con esos cambios de jurisprudencia, que atentan contra la seguridad jurídica, sumados a la incertidumbre que comportan dichas consultas, pueden conducir a la parálisis de la actividad productiva y a ahuyentar la inversión.
En cuanto al alcance del no en la consulta de Cajamarca hay dos posiciones, la de quienes conceptúan que su efecto es retroactivo y para ello se apoyan en el fallo de la Corte Constitucional que proscribió la minería en los páramos. En efecto, refiriéndose a este caso concreto, sentenció que “la sola existencia de un contrato de concesión no impide al Estado limitar, condicionar o prohibir la actividad objeto de la concesión, cuando con ello se pretenda proteger un bien jurídico de mayor importancia constitucional”.
No obstante, el Consejo de Estado aclara que un resultado adverso en la consulta “no puede frenar los proyectos que actualmente se están desarrollando en el municipio, ya que la autorización para su ejecución fue concedida antes de los resultados de la consulta popular. De manera que deberán respetarse licencias, concesiones, permisos y autorizaciones para desarrollar” la actividad minera.
Es a todas luces inconveniente supeditar la actividad minera o cualquier otra a consultas cuyos resultados no admiten término medio ni matices, o es blanco o es negro. Como afirma El Espectador “la consulta niega cualquier minería, incluso la que pueda elaborarse de manera sostenible”. Ello lleva a posiciones extremas que no le hacen bien al país, porque no permiten el discernimiento. Hay posiciones muy respetables de parte de quienes consideran que se debería prohibir toda actividad minera en el país, así como también hay quienes se hacen los de la vista gorda frente a la extracción ilícita y depredadora de los minerales en el país, que en el caso del oro representa el 82%. Mientras la minería formal debe cumplir con las estipulaciones de Ley la extracción ilícita del mineral está fuera de control.
*Exdirector ejecutivo de la Federación Nacional de Departamentos