Un gran riesgo jurídico
En esta semana se ha destapado en los medios el pleito entre la Empresa de Telecomunicaciones de Bogotá, ETB, y Comcel, respecto del cual la ETB ha logrado una sentencia en el Tribunal Andino, que vendría a convertirse en una verdadera instancia adicional a los ya numerosos pasos que demoran y enredan la justicia en Colombia y que, por decir lo menos, constituye una sentencia atípica, por lo poco común. Verdadero gol de oro de una empresa acostumbrada a mejorar sus balances a punta de demandas...
El pleito de marras suena, en boca del alcalde Petro, como defensa de lo público en frente de un gigante. Con ello se busca, además, mover la opinión pública y, muy probablemente, la opinión del Consejo de Estado, de cara a las pretensiones de ETB de cómo debería de interpretarse esta sentencia.
El tema de fondo es muy grave, porque de interpretarse que estas sentencias del Tribunal Andino deben estar por encima de la potestad de nuestros magistrados del Consejo de Estado, se generaría un gran riesgo jurídico para Colombia y para todos los que pretenden administración de justicia rápida y sin complicaciones. Es muy grave haber metido a un tribunal que debe actuar sólo frente a pleitos entre países o de particulares entre países y no en pleitos entre dos particulares con la misma jurisdicción nacional.
Lo que es peor, este tribunal lo componen sólo cuatro magistrados, uno de cada país, en donde las mayorías son más afines a la izquierda que gobierna Bogotá. No sabemos qué tan politizados puedan estar estos juristas y cómo han sido designados.
Pero el problema no para ahí. Lo que ETB y el alcalde Petro no le han contado a la opinión pública, y que valorizaría aún más este Gol de Oro de llegar a aceptarse por el Consejo de Estado, es que en este tribunal la ETB tiene varias demandas donde está afectada directamente la Nación y con las que pretende obtener ingentes beneficios, esos sí pagados por todos los colombianos, si sus pretensiones llegan a prosperar, o por lo menos pretendería por esta vía cambiar normas nacionales, que no le parecen. Como quien dice, con esta sentencia, de ser protocolizada como válida y aplicable por sobre el Consejo de Estado, en pleitos entre dos nacionales, generaría un nefasto precedente para poder sustentar sus demás demandas, abriendo un boquete por donde quien sabe que más creativos abogados sigan aumentando el paquete de contingencias de la Nación, agarrándose de cualquier motivo que cupiera dentro de la maraña de temas y normas andinas que, repetimos, sólo deben aplicar entre partes de países distintos y no entre partes a su interior.
Mucho ojo con este tema, porque no creemos que la Nación le haya puesto mucha atención a los pleitos que obran en su contra en este Tribunal. Por ahí se le van a colar muchos problemas a los doctores Esguerra y Carrillo. Hasta de pronto deberíamos hacer como nuestro “nuevo mejor amigo” y más bien abandonar la CAN y reemplazarla por tratados bilaterales, que parecen ser más eficientes en cuanto a comercio y sin las arandelas y costos de este tipo.