El día 6 de febrero el Gobierno Nacional radicó el Proyecto del Plan Nacional de Desarrollo. En el artículo 179 del mismo se modifica el numeral 99.6 del artículo 99 de la Ley 142 de 1994, excluyendo al estrato 3 del beneficio del subsidio en la tarifa de la energía.
Esta medida estaba cantada desde el trámite de la Ley de financiamiento, que terminó siendo de desfinanciamiento, por cuenta de las nuevas gabelas impositivas decretadas en favor de las empresas. Este es el segundo coletazo de esta Ley, después del anuncio por parte del ministro de Hacienda, Alberto Carrasquilla, de la venta de otro 8.9% de las acciones de la Nación en Ecopetrol para intentar sortear las aulagas fiscales.
El ministro Carrasquilla ya había puesto la pica en Flandes, al declarar que “Colombia tiene una política en materia de subsidios diseñado para un país que no tiene los niveles de ingresos y estándares de calidad de vida que tiene Colombia hoy en día” y que por lo tanto había llegado la hora de revisarlos.
Se dijo por parte del ministro Carrasquilla que si no se alcanzaban a recaudar los $14 billones con dicha Ley el afectado sería el gasto social y se mencionó reiteradamente la intención de desmontar los subsidios, empezando por el de energía. Y sólo se espera recaudar por esta vía $7.3 billones. ¡Dicho y hecho!
Se trata de Robin Hood al revés, se sacrifica a la clase media quitándole el subsidio en la tarifa de energía, lo que se traducirá en un alza en la tarifa del 17%, aproximadamente, para compensar los ingresos que se dejarán de recaudar a consecuencia del cúmulo de las subvenciones, vía exenciones y descuentos tributarios, que se le dispensaron en la reforma de marras a las empresas.
Esta propuesta va a contrapelo del “Pacto por la equidad” que se plantea como eje fundamental del Plan de Desarrollo y de la Constituyente de 1991 que quiso hacer de “los subsidios instrumentos para alcanzar los objetivos de equidad y eficiencia en la prestación de los servicios públicos domiciliarios”. La misma que estableció como premisa fundamental de los subsidios “dar prioridad a las obligaciones sociales del Estado en la Planeación y en el presupuesto”.
Pese a ello, al corte de diciembre 31 del año anterior, según Asocodis, seguían sin apropiarse en el PGN recursos del orden de los $591.000 millones para los subsidios de consumo de energía (¡!). Ello, además, contraviene lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley 1430 de 2010: “el Gobierno Nacional apropiará en el PGN anualmente los recursos presupuestales necesarios en su totalidad para pagar de forma oportuna y en primer orden los subsidios de los estratos 1, 2 y 3 para los usuarios de energía eléctrica”.
Lo antipático es que a la hora de los sacrificios, dada la gran inflexibilidad del Presupuesto, siempre recaigan sobre los más vulnerables, en este caso sobre la clase media.
*Miembro de Número de la ACCE
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