El enriquecimiento injusto
En una forma o en otra, el derecho nos envuelve por todas partes. En el derecho vivimos, nos movemos y somos. Todo el impulso de protesta, todo el afán de justicia, que muchas veces lleva a los peores excesos y a las más sangrientas conmociones sociales, se calma y se convierte en serena quietud, cuando se transforma en derecho. El despotismo cuando triunfa se torna en violencia. La fuerza moral cuando se impone se vuelve regla jurídica. Estas normas son condensación de equidad y de equilibrio, de todos aquellos valores que el hombre, tras penoso esfuerzo va transformando en convivencia civilizada.
Tanto el derecho como la moral son obligatorios, pues nadie puede decir que no practica una moral siquiera utilitaria.
Sobre el enriquecimiento injusto ha empezado a circular un denso libro -345 páginas, Librería Jurídica-, del catedrático y experimentado litigante Diego Buitrago Flórez. El esclarecedor volumen titula Acción de enriquecimiento y acción de enriquecimiento cambiario. En el primer capítulo de la obra se lee lo que sigue: “…Nadie podrá enriquecerse sin causa justa a expensas de otro. Esta es la máxima consignada, a manera de mandato general en el artículo 831 del Código de Comercio, estatuto que de manera específica, en el inciso final del artículo 882, advierte que operado el descargo del título valor a causa de la caducidad o prescripción de la acción, el acreedor tendrá acción contra quien se haya enriquecido sin causa a consecuencia de la caducidad o prescripción. Esta acción prescribe en un año”.
El libro contiene 13 capítulos en que explica en forma pedagógica todas las incidencias, eventos y apreciaciones vitales que se desprenden de este apasionante tema. Diego Buitrago Flórez, con habilidad, amenidad y éxito, le hace fácil lo difícil al lector. El estudio de la obra se dirige fundamentalmente a la academia, a la universidad, a los docentes, litigantes y al público en general. Con orden y rigor se citan doctrinas jurisprudenciales y conceptos de maestros del derecho. Son macizos los planteamientos, claras las teorías y convincentes los argumentos.
A la hora de la verdad la ley no es lo que ordena el Legislador, sino lo que el tribunal o el juez decide en su sentencia. Este hecho real hace pensar muy en serio, sobre lo inconveniente de improvisar funcionarios para decidir pleitos de gran valor y complejidad, so pretexto de agilizar despachos y evacuar montañas de expedientes. La sabiduría, el dominio de la ley y el manejo de la prueba no están al alcance de cualquier empírico. Administrar justicia es algo problemático, complejo y muy difícil. Nadie confiaría una peligrosa ametralladora a un niño, a un demente o a un ignorante e irresponsable. La injusticia ha originado revoluciones.