Hugo Quintero Bernate | El Nuevo Siglo
Martes, 28 de Octubre de 2014

Relatos Salvajes

 

Como el título de la película hispano-argentina que estáen cartelera, las relaciones de pareja en Colombia están plagadas de historias salvajes que casi nadie relata en su horror diario, pero que cada cierto tiempo, cuando alcanzan dimensiones mortales, se cuelan en los medios o en la atención pública.

Anteayer no más, en Fusagasugá, un individuo de esos que cree que su mujer es solo un activo más de su patrimonio, decidióliteralmente, liquidarla, descuartizándola y enterrándola por “amor”.

Psicópatas, sociópatas y toda clase de subnormales asesinos en nombre de amores obsesivos existen en todo el planeta. Pero Colombia debe ser el único país donde la Fiscalía, en lugar de perseguirlos y sancionarlos severamente, los premia y los justifica.

La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia acaba de resolver un caso emblemático de semejante situación. En el radicado 42184, el 15 de octubre de 2014, al resolver un recurso de casación interpuesto por las víctimas, dejóen claro que el sistema procesal colombiano les impide a los jueces inmiscuirse en los acuerdos y negociaciones de la Fiscalía con los sindicados. Con fundamento en esa premisa, uno de los pilares absolutos del Sistema Acusatorio, reconocióestar atada para impedir la manifiesta impunidad de un caso acordado por la Fiscalía.

Se trataba de un exmarido, santandereano para más señas, de esos que creen que la mujer es un simple objeto más, cuya propiedad perdura después de terminada la relación de pareja. Por cuenta de semejante entendimiento de lo femenino, el acusado en aquel caso consideraba que su exesposa no podía tener ninguna relación sentimental a pesar de ya no tener ninguna con él. Como quiera que su expareja se autodeterminaba como una mujer libre por no tener ninguna atadura jurídica ni sentimental con su ex, inicióuna relación. El 11 de noviembre de 2009, el exmarido decidió, por síy ante sí, que su exesposa le estaba siendo “infiel”al “sorprenderla”dentro de un automóvil hablando con un hombre a quien, sin mediar palabra, asesinó, mientras dejaba herida a la mujer.

Lo grave del caso no son únicamente los hechos, sino que la Fiscalía negocióun acuerdo en el que le reconocióal asesino una rebaja de pena de más de 20 años por estimar que obróen estado de ira o intenso dolor. Dado que esa figura jurídica solo opera por “comportamiento ajeno grave e injustificado”, es verdaderamente aterrador que la Fiscalía estime que una mujer incurre en esa conducta, cuando inicia una relación nueva después de haber sido pareja de alguien.

Cómo seráde grave la situación que la Corte finaliza su providencia llamándole severamente la atención a la Fiscalía por “la manera si se quiere irresponsable en que algunos fiscales, conforme a los asuntos que día a día examina la Sala, pasan por alto mínimos presupuestos de contención y al amparo de las muy amplias facultades otorgadas por el legislador, de manera sistemática y reiterada festinan beneficios inmerecidos en asuntos que no comportan complejidad o dificultad para su demostración cabal en juicio”.

@Quinternatte