Jaime Alberto Arrubla Paucar | El Nuevo Siglo
Jueves, 22 de Octubre de 2015

PROPUESTA ROMPE EQUILIBRIO

Reforma constitucional para la paz

EL  Gobierno Nacional ha radicado en el Congreso de la República un proyecto de acto legislativo por el cual pretende excepcionalmente consagrar mecanismos ágiles para los desarrollos normativos que se requerirán cuando se firme el proceso de paz con las Farc-Ep y facultar al Presidente de la República para dictar decretos con fuerza de ley con los mismos propósitos. Estos mecanismos solo entrarían a regir una vez sean refrendados popularmente los acuerdos que se firmen con los insurgentes.

El Gobierno en su mensaje se ha limitado a indicar que se requieren mecanismos ágiles para tramitar leyes luego de que se refrenden los acuerdos de paz.  Estamos seguros de que ello es así, sin embargo, el proyecto reduce la iniciativa para estos proyectos de ley al Presidente de la República y solo se podrán modificar los proyectos con su visto bueno en el primer debate, no se pueden modificar por las plenarias, y la Corte Constitucional solo se podría pronunciar sobre vicios de procedimiento. Las reformas constitucionales podrían ser aprobadas por el 6.8% de los miembros del Congreso. Podrían existir actos legislativos o leyes sin aprobación por las plenarias del Congreso.

La propuesta sin duda rompe el equilibrio tradicional que existe entre las tres ramas del poder público; esto aunado a que tenemos que crear un tribunal especial, con componente extranjero, ex post facto; en cierta forma se les da la razón a los guerrilleros de que estamos frente a un Estado fallido, que, por las vías ordinarias, no puede reorientarse y es necesario entrar a crear situaciones excepcionales. Nos preguntamos, ¿si es necesario tanto apretujo institucional? ¿Acaso nuestras instituciones ordinarias no son suficientes para tramitar las leyes que se requieran, y para administrar justicia sin coactar la acción del Congreso y sustituir a los jueces ordinarios?

La Constitución permite hoy crear comisiones especiales por ley y consagra el mecanismo del mensaje de urgencia para aprobar rápidamente proyectos de ley ordinaria.  Se podría acudir a este procedimiento. Si lo que se quiere es que no modifiquen los textos inicialmente propuestos, la fórmula resulta antidemocrática, pues el Congreso, se supone que representa la voluntad soberana que es el pueblo colombiano. Pero, además, el Gobierno tiene suficientes mayorías parlamentarias para lograr los propósitos, sin limitar al Congreso en sus tradicionales funciones democráticas.

En facultades tan amplias como las que se quieren dar al Presidente de la República, se estarían sacrificando principios tan caros en una democracia, como la legalidad de los tributos, por principio, función privativa de la ley. Con tales facultades el Presidente puede crear impuestos, lo que no es conveniente.

Es cierto, la paz merece más de una oportunidad, pero en ningún momento, podemos llegar a sacrificar nuestra tradición democrática y republicana para lograrlo. Las instituciones son las que nos han mantenido como una nación independiente, lo que haya de hacerse tiene que serlo dentro de nuestra institucionalidad democrática.