JOSÉ GREGORIO HERNÁNDEZ GALINDO | El Nuevo Siglo
Miércoles, 12 de Octubre de 2011

Iniciativa popular

 

LA  democracia participativa, una de las características más importantes de la Constitución Política de 1991, tiene en la iniciativa popular, es decir, en la facultad del pueblo de proponer a las Cámaras proyectos de ley o de reforma constitucional, uno de sus mejores instrumentos.
Aunque, a decir verdad, se ha hecho poco uso de la figura, por falta de divulgación y por los obstáculos que introdujo la Ley Estatutaria 134 de 1994 y que completa a veces con exceso la autoridad electoral, su trascendencia es inocultable, en cuanto implica una relación directa entre el ciudadano y la normatividad que rige la vida de la Nación.
En consecuencia, a las iniciativas de origen popular debe dárseles el trato prioritario que merecen, si estamos comprometidos genuinamente con el concepto participativo de nuestra organización política.
Desde luego, el Congreso no está obligado a aprobar siempre lo que se le propone, pero no cabe duda de que su estudio y análisis deben adelantarse con el mayor detenimiento, dándole el nivel de importancia que tiene.
Lo decimos a propósito del proceso que hoy se inicia en el Senado, sobre la protección del derecho a la vida desde el momento de la concepción hasta la muerte natural de la persona, a partir de una iniciativa de reforma constitucional de profunda raigambre popular, que deja ver cómo, en relación con la interrupción del embarazo, no hay unanimidad en Colombia.
Con independencia de si se está de acuerdo o no con los tres casos de justificación del aborto que hoy hacen parte del sistema jurídico en virtud de la sentencia proferida en 2006 por la Corte Constitucional, lo cierto es que, sin dejar de cumplir el fallo -que ha hecho tránsito a cosa juzgada constitucional-, no podemos mirar despectivamente la iniciativa. Es una parte del pueblo -y no solamente un grupo de congresistas- la que considera que el asunto debe ser revisado por el Constituyente derivado, -el Congreso, en virtud del poder de reforma de la Constitución que le ha sido conferido- y así lo ha planteado en ejercicio de la iniciativa popular.
Y tan legítima es esa posición de los ciudadanos firmantes del proyecto como la de aquellos que postulan el aborto como un derecho de la mujer.
El tema es -aquí sí literalmente- de vital importancia, y el Congreso tiene a cargo el reto de resolver con imparcialidad.