Juan Daniel Jaramillo Ortiz | El Nuevo Siglo
Lunes, 2 de Noviembre de 2015

En la CPI no se socializa

 

Francisco  Barbosa Delgado, profesor e investigador de la Universidad Externado de Colombia, y yo trabajamos en algunos temas específicos del Acuerdo de Justicia suscrito entre el Gobierno Nacional y las Farc-Ep  atendiendo una petición del doctor Álvaro Leyva Durán. Se trató de opiniones expertas sobre temas puntuales de derecho internacional.

Específicamente dos:

Uno, Margen Nacional de Apreciación, doctrina fundamental en la actualidad de la jurisprudencia de la Corte Europea de DDHH (Estrasburgo) y la Corte Interamericana de DDHH (San José). Esta doctrina brinda a los Estados un amplio grado de discrecionalidad en la administración de penas. El doctor Barbosa ha escrito abundantemente, en francés y español, acerca del tema.

Dos, Justicia Prospectiva, noción que erige un paradigma de equilibrio, ecuanimidad y equidad inter-generacionales que exigen poner a salvo a las generaciones venideras de las consecuencias adversas de conflictos de generaciones presentes y pasadas. Se trata de poner fin definitivo a los ciclos de violencia. Sobre el tema he escrito también extensamente.

Entiendo que los dos puntos ingresaron al Acuerdo suscrito por Rodrigo Londoño Echeverri (Timochenko), en nombre de la insurgencia, y Humberto de la Calle, jefe negociador. El relativo a Justicia Prospectiva, aparece en el texto divulgado por El Espectador el día de ayer.

El tema pendiente en que trabajamos el doctor Barbosa y yo fue el relativo a blindaje jurídico internacional del proceso de paz. Elemento que juzgó necesario hace varios meses el expresidente César Gaviria Trujillo.

Este blindaje debe nacer, según memorando nuestro, en un proyecto de resolución del Consejo de Seguridad de la ONU que Colombia circularía anticipadamente entre los Estados-miembros permanentes. El texto propuesto contiene un apoyo al acuerdo final de paz. Expedida la resolución y con fundamento en ella, Colombia elabora una interpretación declarativa del Estatuto de Roma (Corte Penal Internacional). Esta interpretación es viable a diferencia de las reservas que solo pudieron formularse en el momento de la firma. Asimismo, la interpretación incorpora el Acuerdo de Justicia suscrito,  fundada en la doctrina de Margen Nacional de Apreciación.

El memorando nuestro (Barbosa y Jaramillo) fue recibido amablemente por el presidente Santos de manos del doctor Leyva. Este último lo entregó juiciosamente para su estudio al internacionalista de nuevo cuño y asesor multitemas y ultraubicuo gubernamental, Manuel José Cepeda, quien desechó de plano su contenido.

A una pregunta de Claudia Gurisatti, durante su programa de NTN24, al señor Jaramillo Caro, comisionado de Paz, en la cual se le indaga sobre mi propuesta, también la descarta olímpicamente como un Plan B que no se tiene previsto.

¿La razón? ¡Que él se reunió ya con la Fiscal de la CPI! (La Haya) y la canciller “socializó” el comunicado (ni siquiera el texto completo) con esta misma funcionaria.

¡Por Dios! Se trata de delitos imprescriptibles cuya virtualidad procesal activa debe ser taponada jurídicamente. Apelando a las herramientas del derecho internacional público. No a través de reuniones sociales al calor de un café.

Porque lo propuso Jean Arnault, ahora sí es viable ir al Consejo de Seguridad (en el tema cese del fuego). Antes, porque la propuesta venía de Barbosa y Juan Daniel Jaramillo, era una fantasía idiota no sujeta a análisis.

La paz se hace con todos. No con exclusión de conservadores -como el suscrito- o el expresidente Uribe, o el vicepresidente Vargas Lleras. O la participación de todos (léase bien) todos los colombianos.

Para entenderlo, ahí tienen al gramático y filólogo (pues esto estudió y no derecho) el señor Jaramillo Caro.

 

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Auspicios inmejorables: Enrique Peñalosa, nuevo alcalde y Juan Carlos Galindo, registrador nacional. Falta la elección de Alejandro Linares como nuevo  magistrado de la Corte Constitucional: jurista probo, analítico y honesto para quien el trabajo es controlar constitucionalidad, no legislar.