Juan Daniel Jaramillo Ortiz | El Nuevo Siglo
Lunes, 28 de Marzo de 2016

FALLOS DE LA CIJ

Palabras finales de Santos

“El rechazo debió ser en nombre de la ley”

 

TRAS la expedición del fallo de la Corte Internacional de Justicia en noviembre 19 de 2012, Colombia ha debido hacer efectivo motu proprio su retiro inmediato del Tratado Interamericano de Solución Pacífica de Controversias de 1948. Por medio de comunicación radicada por el embajador de Colombia en el Reino de Países Bajos en la secretaría de la CIJ en La Haya en su calidad de representante oficioso ante este organismo. No a través de los agentes que habían llevado el proceso hasta este momento, Julio Londoño Paredes y Guillermo Fernández de Soto. Esto con el propósito de dejar en claro la finalización de los procedimientos.

 

Esta fue la posición del doctor Rafael Nieto Navia y mía dentro de la comisión de abogados designada por el Presidente de la República Juan Manuel Santos. Recuerdo que otro miembro, el doctor Luis Ricardo Paredes Mansfield, compartió esta posición. Se impuso, sin embargo, el criterio de la canciller María Ángela Holguín, del administrativista Arrieta y del constitucionalista Cepeda por virtud del cual Colombia debía observar el plazo de preaviso de un año. Pese a advertencias concretas de que Nicaragua tenía listo el texto de dos nuevas demandas -como consta en sendos correos electrónicos enviados a Holguín por mí, que guardo cuidadosamente por su valor probatorio- se insistió en el riesgo inaudito de quedar expuestos judicialmente.

 

El constitucionalista Cepeda impuso la tesis estrambótica de que el jefe del Estado debería demandar ante la Corte Constitucional el tratado de 1948. Así, surtida la demanda y declarado inconstitucional este instrumento, Colombia podría advertirse blindada jurídicamente. Esto mismo repitió Cepeda valentonamente en las audiencias. Lo que hizo fue decir en sus caras a los jueces de la CIJ que Colombia viola la Convención de Viena de Derecho de los Tratados de 1969. ¿Sabrá Cepeda que la normatividad de Viena 1969 es hoy derecho consuetudinario integral?

 

Holguín, Arrieta y Cepeda no pueden exhibirse sorprendidos hoy por los nuevos fallos adversos y culpar frescamente a la CIJ. Ellos son los únicos responsables de haber inducido al presidente Santos a decisiones no sólo equivocadas sino potencialmente lesivas de nuestra integridad territorial. Las acciones de cancilleres entreguistas de soberanía territorial hace décadas no tienen parangón con el estropicio anticolombiano que ahora se ha consumado bajo la dirección de la actual ministra.

El Presidente de la República calificó de ilegal e inaplicable, la última semana de noviembre de 2012, el fallo recién emitido. Estas han debido ser las palabras finales del jefe del Estado. ¿A quién se le ocurre calificar como tal un fallo y retornar después frente al mismo juez para que prosiga la ilegalidad? Pues a quienes por razones que ignoramos –pero yo muy bien supongo e intuyo- deseaban prolongar el proceso, es decir Arrieta y Cepeda con la connivencia de Holguín.

 

La posibilidad de que un Estado no acepte un fallo manifiestamente ilegal e infundado no puede ser a priori excluida. Así se lee en el concepto de los especialistas Serge Sur y Carlo Santulli (Paris-Cabourg, diciembre 31 de 2012)  refrendado por el doctor Robert Volterra. Me temo que el interés obcecado de Carlos Gustavo Arrieta de que  jamás tuviera yo comunicación con el presidente Santos (a quien como ministro brindé alguna asesoría pro bono por recomendación del entonces presidente Álvaro Uribe) era esta: que la vinculación de Colombia a la CIJ siguiera con réditos económicos abultados para algunos y daño enorme para el país.

 

En la hipótesis de un rechazo de plano de un fallo y retiro de la CIJ se debe actuar en nombre del derecho y la ley. No en contra de ellos, como ha ocurrido. Tuvimos y ofrecimos la oportunidad al presidente Santos así Arrieta y Cepeda se digan ahora falsamente sorprendidos.