La legítima defensa | El Nuevo Siglo
Domingo, 27 de Agosto de 2017

Platón, es el padre del idealismo y Aristóteles del realismo. Entre los filósofos optimistas se mencionan a los igualitaristas como Rousseau, mientras que entre los pesimistas-realistas se destaca Hobbes. Los griegos se mueven dentro de lo que se denomina el derecho natural, que hace parte desde los días primigenios del acervo social del homo sapiens. El derecho natural reconoce la legítima defensa, algo inherente al derecho a la vida que el hombre debe defender, por una sola razón: se trata de su propia existencia. Frente a las agresiones externas, el individuo tiene el derecho a ejercer la legítima defensa.

En los lugares del campo y la periferia y aún en la jungla de nuestras urbes, los ciudadanos de bien suelen ser asaltados, vejados, golpeados y no pocas veces asesinados por el hampa común. La violencia en los campos tiene que ver en gran parte con aspectos culturales, incluso en zonas en donde en otros tiempos se practicó el canibalismo, como por  la ausencia del Estado y los cultivos ilícitos. El campesino, el minero, el trabajador a destajo, como el propietario de la tierra han sido objetivo de los desalmados que intentan lucrarse aprovechándose del más débil. Entre las víctimas de las Farc y de otros grupos armados, muchos fueron  asesinados, ultrajados y despojados de sus bienes. Algunos ejercieron la legítima defensa instintiva para sobrevivir. Situaciones de violencia, como esas desde el tiempo de los bárbaros, suscitan la legítima defensa.

El destacado jurisconsulto Carlos Medellín y la periodista María Isabel Rueda, como otros comentaristas no menos valiosos, advierten sobre los alcances perniciosos del acto legislativo No. 4 de 2017, “Artículo 1. Como una garantía de No Repetición y con el fin de contribuir a asegurar el monopolio legítimo de la fuerza y del uso de las armas por parte del Estado, y en particular de la Fuerza Pública, en todo el territorio (de Colombia), se prohíbe la creación, promoción, instigación, organización, instrucción, financiación, apoyo, tolerancia, encubrimiento o favorecimiento de grupos civiles armados organizados ilegales de cualquier tipo, incluyendo los denominados autodefensas, paramilitares, así como sus estructuras o prácticas, grupos de seguridad ilegales o de justicia privada u otras denominaciones equivalentes”. ¿Y la subversión qué?

Aclaran dichos comentaristas que lo que se pretende prohibir, ya está prohibido. Cuando quienes incurren en esas conductas han estado fuera de la ley, tienen razón.

Puesto que como ellos mismo destacan, “Colombia no es una sociedad criminal”. Por el contrario, agregó yo, los violentos en el país, los que han conformado grupos armados ilegales, desde los inicios de la República han sido ínfima minoría ¿Cuantos hombres han empuñado el fusil con las Farc?, No llegan ni al 0.1 por ciento de la población. Es la pasividad de la sociedad colombiana, la inercia e inoperancia del Estado, la falla en las comunicaciones y el abandono de la periferia del país los que han determinado que en esas zonas tan ricas se enquiste la violencia endémica.

Pretender con una enmienda en la Constitución abolir de pasada el derecho a la legítima defensa en el país, que es anterior al derecho positivo, es absurdo, inaplicable y perjudica al pueblo. El ser humano nace con el instinto de conservación.

En las zonas de la periferia se vive como en los tiempos primitivos, el hombre sobrevive por su decisión y capacidad de defenderse. La familia, los vecinos, la tribu luchan por su vida, ejercen el derecho a la legítima defensa o perecen. El Estado en esas regiones es un espejismo. Lo mismo se repite en los guetos de las ciudades, donde el ciudadano debe defenderse del raponero y el atracador.  Lo mismo que enfrentar bandas armadas que intentan apoderarse del Estado con la finalidad de exterminar a la clase dirigente y someter al despotismo al resto de la población, como Carlos Marx lo predicó. Nunca imaginó el autor de El Capital que por la demagogia populista pudiese llegar, por la vía electoral, el socialismo radical al poder.

 No se podrá abolir el derecho a la defensa de los ciudadanos frente a los violentos, puesto que la ley no puede modificar la condición humana. Los acuerdos de paz contrastan con la situación real de nuestros campesinos, amenazados de continuo por los violentos.

Además, según notables juristas, el constituyente primario al ganar el No descalificó el plebiscito;  luego son ilegítimos los acuerdos habaneros y los actos legislativos al respecto, así tengan visos de aparente legalidad. Para propiciar el entendimiento, consagrar la paz y superar el legado anarquista habanero, habrá que legitimar un gran acuerdo nacional mediante una Asamblea Constituyente.