RAFAEL NIETO NAVIA | El Nuevo Siglo
Martes, 22 de Julio de 2014

NO TIENE GARANTÍAS EN SU PAÍS

El caso Hurtado

A  estas alturas de la vida usted debe saber, querido lector, qué es la National Security Agency (NSA), aquella agencia norteamericana creada hace muchos años en los Estados Unidos, con el propósito de hacer espionaje electrónico, primero sobre los extranjeros pero también, con la venia de una corte de bolsillo, a los propios gringos. El escándalo que se armó con las declaraciones del señor Snowden, hoy asilado en Rusia, se debió a que salió una información supuestamente confidencial que mostró abiertamente que los teléfonos y los correos de propios y extraños estaban “chuzados”. Hasta ahora, fuera de Snowden acusado de espionaje, que se sepa no hay otros acusados y a nadie se le ha ocurrido liquidar la NSA. Se supone que las agencias de espionaje y de seguridad son para espiar, porque ¿para qué otra cosa pueden ser?

Dicen que -porque no está demostrado- el DAS “chuzaba” -léase espiaba- los teléfonos de algunos políticos, funcionarios y terroristas. Lo mismo que se dice que el Ejército en la operación Andrómeda espiaba a los terroristas de las Farc. La señora María del Pilar Hurtado, que era la directora del DAS al terminar el gobierno de Uribe, fue acusada de “concierto para delinquir agravado, violación ilícita de comunicaciones, peculado por apropiación (?) y falsedad ideológica de documentos públicos”, cualquier cosa que esto quiera decir. Como se trataba de un caso puramente político, la acusada solicitó y obtuvo asilo político en Panamá.

Al cambiar el gobierno en Panamá y entrar uno de centro-izquierda, se reavivó al caso y se pidió, por intermedio de abogados panameños, la inconstitucionalidad del decreto del presidente Martinelli que concedió el asilo.  Así lo determinó la Corte Suprema panameña. Para mí es un misterio cómo un hecho que se considera político y motivo de asilo  -porque el asilado no tiene garantías en su propio país- puede transformarse en un caso de delincuencia común. Al mimo tiempo, la Corte Suprema, esta vez la nuestra, avaló una solicitud de extradición, ante lo cual la acusada ha optado por ocultarse porque es claro que no tiene garantías en Colombia. Por si fuera poco, se pidió a la Interpol que emita una circular roja -que solamente se emite para atrapar a los peores delincuentes- y  un magistrado del Tribunal de Bogotá, el mismo tribunal que exigió al presidente Santos acatar las medidas cautelares de la CIDH a favor de Petro, no sé con qué competencia, canceló el pasaporte a Hurtado, diciendo que este no es un documento fundamental ni atributo de la personalidad jurídica ni crea apatridia, lo que el abogado de las “víctimas” festejó diciendo que ahora las autoridades migratorias deben deportarla por carecer de identificación. Ni el gobierno  venezolano ha llegado a esos extremos con sus asilados en el exterior.

¿Por qué -me pregunto- no pone la justicia colombiana el mismo entusiasmo en perseguir a los terroristas autores de crímenes de lesa humanidad?

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Coda:  Andrés Felipe Arias debe solicitar “refugio” y no asilo en el exterior.