RAFAEL NIETO NAVIA | El Nuevo Siglo
Martes, 6 de Marzo de 2012

La decisión sobre la Fiscal

La elección de Viviane Morales como Fiscal General se cayó porque la Corte Suprema de Justicia (CSJ) alteró el reglamento “por una sola vez” para elegirla con catorce votos y no dieciséis. El presidente de la CSJ dice que la Corte “no cometió prevaricato, pero sí un error desde el punto de vista administrativo. La elección de Viviane Morales en la Fiscalía se hizo sin haber cumplido un procedimiento especial”. Los artículos 413 (prevaricato por acción) y 414 (prevaricato por omisión) regulan esta figura en el Código Penal. El primero se refiere al “servidor público que profiera resolución, dictamen o concepto manifiestamente contrario a la ley” y el segundo al “que omita, retarde, rehúse o deniegue un acto propio de sus funciones”.
El artículo 249 de la Constitución (CN) dispone que el “Fiscal General de la Nación será elegido para un período de cuatro años por la Corte Suprema de Justicia, de terna enviada por el Presidente de la República y no podrá ser reelegido”. Por ende, omitir, retardar, rehusar o denegar ese acto podría constituir un prevaricato. Pero eso, por supuesto, lo decide la Comisión de Acusaciones de la Cámara (CAC) que, según el artículo 178 de la CN, se encarga de acusar a los miembros de la CSJ ante el Senado, que los juzga. Es verdad sabida que la CSJ no quiso elegir al Fiscal de las ternas que envió el presidente Uribe. Al recibir una tercera terna, esta de parte del presidente Santos, no pudieron ponerse de acuerdo para elegirlo. El país llevaba más de un año sin Fiscal titular cuando los magistrados acordaron alterar el reglamento por vía de interpretación y “por una sola vez” para elegir a la fiscal Morales con menos votos de los reglamentarios. El Consejo de Estado dice que eso “viola leyes superiores”, lo cual, de nuevo, podría constituir un prevaricato, lo que debería decidirlo la manida CAC. Pero resulta que la CSJ tiene la atribución (Art. 235.3 CN) de “investigar y juzgar a los miembros del Congreso”. ¿Quién, entonces, le pone el cascabel al gato? El 5 de noviembre de 2009 El Tiempo anunció que los miembros de la CAC renunciarían y que “uno de los congresistas (…) dijo tener información sobre la posible apertura de una investigación preliminar (en la CSJ) contra los 15 miembros de la Comisión, por el presunto delito de prevaricato, al no avanzar en varias investigaciones de orden penal contra el presidente Álvaro Uribe”. Eso olió mal. ¡Puff! Por esa razón la reforma a la justicia elimina la CAC y la remplaza por un tribunal independiente.
Coda. El Consejo de Estado destituyó a tres fiscales por ordenar “chuzar” a Clara López. Dice que los funcionarios se basaron en “simples números y correos que nada serio reflejaban” obtenidos en un combate. ¿Desde cuándo tiene el Consejo facultades para interferir y juzgar sobre la necesidad de una prueba, atribución que es claramente de los fiscales? Pero aquí no pasa nada.