Cuatro de cada 10 empresas exigirían vacunación a empleados | El Nuevo Siglo
MUCHOS trabajadores quedarían en riesgo de perder sus trabajos si no se vacunan contra el covid-19. /ENS
El Nuevo Siglo
Viernes, 29 de Octubre de 2021
Redacción Economía

De cada 10 empresas en Colombia, cuatro contemplarían la opción de exigir el esquema de vacunación completo a sus empleados actuales o los que pretendan contratar con el fin de garantizar la operación y mitigar el impacto del covid-19.

Esta situación fue revelada en un análisis realizado por la Federación Colombiana de Gestión Humana (Acrip) y la firma Lulotec.

El informe, en el que se consultaron 100 de las empresas más representativas del país de distintos tamaños y sectores económicos, también reveló que, hasta el momento, cerca del 55% de las empresas han comprado vacunas contra el covid-19 para aplicar a sus empleados y con ello retornar a la presencialidad.

Al respecto, Gladys Vega, presidente de Acrip, dijo que “este pulso revela que casi la mitad de las empresas del país siente la necesidad y la urgencia de que sus colaboradores estén vacunados para reactivar la productividad y recuperarse financieramente”.

Sin embargo, Vega también recalcó que “aunque exigir la vacunación sea un anhelo para muchas empresas, la realidad es que en Colombia la legislación civil y laboral no permite la condición de las libertades individuales al momento de ejercer el libre derecho al trabajo, y en ese sentido deben tener mucho cuidado”.

Al respecto, el informe también reveló que el 15% de las empresas estarían dispuestas a no renovar un contrato laboral si el empleado insiste en no vacunarse, mientras que el 84% manifestó que no lo haría y un 1% que tendría que evaluar a fondo las razones de la decisión de no vacunarse.

Por otro lado, de las empresas que manifestaron haber comprado los biológicos para vacunar a sus empleados, casi la mitad dijo haber tenido aproximadamente un 10% de la nómina que no quiso vacunarse por motivos personales.

¿Vacunación obligatoria?

Recientemente varias organizaciones laborales enviaron una comunicación al Gobierno nacional solicitando que en Colombia se instalara una especie de obligatoriedad a los empleados, salvo las excepciones debidamente justificadas, con el fin de dar celeridad a la reactivación económica del país.

El tema está en el debate público, no solo en Colombia, sino en muchos países del mundo, sobre cómo una decisión de este talante afecta las libertades civiles y laborales de las personas.

Al respecto, Juan Solórzano, miembro de la Junta Directiva de Acrip, señaló que “es poco probable que un Gobierno tome la decisión de obligatoriedad sobre la vacunación, menos aún en países democráticos como Colombia. El proceso avanza y hoy damos cuenta de una gran parte de la población vacunada. Creo que la responsabilidad una vez más quedó en las organizaciones y en las personas, donde debemos continuar ayudando de forma contundente a entender las razones morales, colectivas, médicas y humanas, del porqué vacunarse es una prioridad”.

Así mismo, agregó que “la libertad individual es un derecho que prima en muchos casos, salvo en casos especiales donde la labor requiere necesariamente de la vacunación, como en el sector salud, alimentos, entre otros. La vacunación para varias labores se convierte en una necesidad para el buen desempeño del colaborador".

El carnet

De otro lado, la posible exigencia del carnet de vacunación para acceder a diferentes servicios en Colombia divide a los ciudadanos consultados en una encuesta divulgada por la Universidad del Rosario.

El 52% de los consultados está de acuerdo en que se exija el carnet de vacunación contra el coronavirus en Colombia para viajes internacionales, mientras que el 48% para los nacionales.

Menos de la mitad considera que debería ser requisito para el regreso al trabajo presencial (43%), a la vez que solo el 39% lo ve necesario para la asistencia a colegios o universidades.

El 50% de los consultados cree que se debería exigir para eventos públicos masivos, el 48% para el ingreso a los estadios y eventos deportivos, el 47% para eventos privados masivos y el 41% para entrar a restaurantes y bares.


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Preguntados acerca de si las empresas deberían sancionar a los empleados que no se vacunen, el 36% de los encuestados está totalmente en desacuerdo y 27% totalmente de acuerdo, mientras que un 36% tiene una posición neutra en este tema.

De otra parte y según la Ley 2064 de 2020 sobre el asunto de inmunización contra el covid-19, el proceso de vacunación universal debe ser gratuito, pero no se plantea que sea obligatorio. En esa medida, el director del Observatorio Derecho Laboral de la Universidad del Rosario, Iván Daniel Jaramillo, explicó que los empleadores no pueden considerar obligatorio lo que la Constitución y la ley prevén como voluntario.

Según Jaramillo, el despido por la no vacunación debe ceder ante medidas de respeto a los principios de estabilidad, objeción de conciencia, libre desarrollo de la personalidad, como el envío de los trabajadores a modalidades de trabajo a distancia (teletrabajo, trabajo en casa, etc.) o traslado a espacios de menor exposición a contagios.

“Si bien es deseable una previsión legal específica sobre el particular, bajo el actual contexto, ante la posible afectación de terceros por la no vacunación del trabajador, el empleador debe considerar la adopción de modalidades de trabajo a distancia (trabajo en casa y teletrabajo) y el traslado a espacios de reducción de la exposición al contagio, respetando el carácter voluntario del proceso de vacunación para la realización de los derechos fundamentales al libre desarrollo de la personalidad, la objeción de conciencia y la dignidad humana”, agregó Jaramillo.

Las órdenes e instrucciones

José Cárdenas, docente de Derecho Laboral de Areandina, explicó que todo empleado debe acatar las órdenes e instrucciones que de manera particular le dé su empleador, de acuerdo con lo establecido en el artículo 58 del Código Sustantivo del Trabajo. En especial, aquellas “medidas preventivas higiénicas prescritas” por el médico del empleador o por las autoridades del ramo.

Esto quiere decir que “si el Gobierno ordena que la vacunación sea obligatoria, el trabajador no puede eludir esa obligación”. Lo mismo aplicaría si la empresa ve como un elemento fundamental y necesario la vacunación de su equipo de trabajo para garantizar un servicio.

Pero en esto hay que aclarar un punto. Según Paola Zuluaga, directora del programa de Derecho del Politécnico Grancolombiano, una persona que ya esté vinculada a una empresa no puede ser despedida, a menos que haya suscrito algún documento de obligatoriedad con la compañía o se cambia el contrato. “Incluso, siendo así ese trabajador podría emprender una tutela, porque no fue un requisito inicial en la admisión, en el que tanto empleador como empleado, hayan acordado”.

Es decir que, en el país, actualmente no existe una obligación legal por parte del trabajador para la aplicación de la vacuna, aunque en el caso de los trabajadores de la salud, hay una recomendación de la Organización Mundial de la Salud para que se vacunen, para poder cumplir con las funciones de su trabajo y, de hecho, esta población hizo parte de la primera etapa del plan de vacunación en Colombia.