El abecé de los servicios gratuitos de los bancos | El Nuevo Siglo
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Martes, 31 de Diciembre de 2019
Redacción Economía
A partir del mañana, las entidades financieras deberán dar a sus usuarios tres servicios gratuitos establecidos en la Ley 2009 de 2019, aunque algunos bancos ya ofrecen algunos sin cobro

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A partir de mañana entra en vigor la Ley de Gratuidad en servicios bancarios, sancionada por el presidente Iván Duque y presentada ante el Congreso por el senador David Barguil, con la que los usuarios bancarizados pueden acceder a un paquete gratuito de servicios de sus productos financieros.

La Ley 2009 de 2019, que ya fue firmada por el presidente Iván Duque, pide a los bancos que por el cobro de cuota de manejo deberá garantizar a los tarjeta habientes por lo menos tres servicios gratuitos, entre ellos, consignaciones nacionales, retiros en una red de bancos diferentes, certificaciones bancarias, consultas de saldos o avances con tarjeta de crédito y hasta cambiar la tarjeta por deterioro.

Esta ley fue promovida en el Congreso por el senador conservador David Barguil, quien dijo que “buscamos que la cuota de manejo que pagamos a los bancos represente algo tangible y que no cobren adicionalmente por cada servicio. Entonces se incluye un paquete de tres servicios gratis dentro de la cuota de manejo”.

Barguil dijo que en enero hará un acto de socialización para que los colombianos conozcan “los beneficios a los que tienen derecho y exijan su cumplimiento a las entidades financieras”.

Sin embargo, algunos tuiteros respondieron el anuncio de Barguil para decirle que ahora el riesgo es que los bancos aumenten el monto de la cuota de manejo, y destacaron que algunas entidades ya ofrecen esos servicios gratuitos, dependiendo del tipo de producto que haya contratado.

Entre los servicios incluidos están: consignación nacional, retiros en otra red, red propia, retiros por ventanilla, talonario, certificación bancaria, extracto en papel y digital, consulta de saldo, avances con tarjeta de crédito, cheque de gerencia, transferencia por Internet y cambio del plástico por deterioro.

Para tener en cuenta:

  1. Los tres servicios a los que tiene derecho cada usuario serán definidos por la entidad bancaria.
  2. Ningún establecimiento de crédito podrá cobrar a sus clientes por las operaciones fallidas en los cajeros electrónicos, así como tampoco por las consultas de saldos o descargas de extractos realizadas en plataformas electrónicas, entre otras.
  3. El banco puede elegir cada mes el paquete gratuito que ofrecerá. Eso quiere decir, en otras palabras, que el paquete gratuito puede variar. Eso sí, cualquier cambio que se haga, la entidad bancaria está obligada a avisar con tiempo.
  4. No solo los bancos tienen la obligación de ofrecer los paquetes mínimos gratuitos, sino todas las “entidades autorizadas para captar recursos del público que cobren cuotas de manejo”. Eso quiere decir que entidades de economía solidaria como cooperativas, fondo de empleados o cualquiera que preste este tipo de servicios deberán ofrecer los nuevos beneficios.
  5. Por la cuota de manejo de su cuenta de ahorros, usted puede acceder gratis a tres de cualquiera de estos servicios: talonario o libretas para cuentas de ahorro, consignación nacional a través de oficinas o de cajeros automáticos de la red propia, retiro por ventanilla en una oficina diferente a la de radicación de la cuenta con talonario o libreta, copia de extracto en papel y por internet, certificación bancaria, expedición cheque de gerencia o transferencia por internet en cuentas de la misma entidad.
  6. Para el caso de la tarjeta débito, el paquete mínimo sin costo adicional estará compuesto de por lo menos tres de estos productos o servicios: retiros en la red propia, consultas en la red propia, certificación bancaria, consignación nacional, consignación nacional a través de oficinas o cajeros de la red propia y copia de extracto en papel y por Internet.
  7. Para las personas que tienen tarjeta de crédito, el paquete mínimo que le debe ofrecer su entidad bancaria tiene que estar compuesto de por lo menos tres de los siguientes productos o servicios: avance en cajero de la misma entidad, avance en oficina, consulta de saldo en cajero de la misma entidad y reposición por deterioro.

Se vienen medidas fiscales

De otra parte, los colombianos tienen que estar atentos con las medidas fiscales que fueron incluidas en la reforma tributaria que ya fue sancionada por el Gobierno.

Luego que el Congreso de la República diera vía libre a la reforma, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) empezó a trabajar en los decretos para reglamentar las medidas fiscales que se incluyeron en la nueva ley. 

La entidad señaló que en los próximos días estará dando a conocer, mediante su página web, los decretos reglamentarios para que cumplan el trámite de publicación a comentarios, de tal forma que en el primer mes del 2020 los documentos puedan ser firmados por el presidente de la República, Iván Duque. 

 “La idea es que en enero podamos pasarle un paquete completo al Presidente de la República de decretos reglamentarios de esta nueva ley, obviamente los decretos anteriores pertenecen a una iniciativa que deja de existir en el primer mes del año y por eso necesitamos sacar nuevamente los documentos”, explicó el director de la Dian, José Andrés Romero. 

El alto funcionario señaló que el primer paquete está conformado por 20 decretos, por lo que quedarían faltando alrededor de 10 decretos más, que se irán dando a conocer en los primeros meses del año. 

Con la expedición de dichos documentos se reglamentará varias de las medidas de la reforma tributaria, como la normalización de activos, con la que el Gobierno Nacional espera recaudar alrededor de $1,5 billones.

Igualmente, se definirá los detalles de la sobretasa al sector financiero, que aplicará hasta 2020, así como el impuesto al patrimonio que se cobrará a las personas naturales que tengan un patrimonio neto de $5 mil millones.

Además, se dará a conocer la reglamentación de los tres días sin IVA, que aplicarán a partir de julio del próximo año para electrodomésticos, productos de tecnología, vestuario, entre otros. 

También se reglamentará el decreto de la devolución del IVA, que aplicará para el 20% de la población colombiana de bajos recursos, así como la reducción de los aportes a la salud para los pensionados, que aplicará a partir del próximo año.