¿Se acabarían estratos en Colombia? DNP publicó borrador de decreto | El Nuevo Siglo
EL DEPARTAMENTO Nacional de Planeación implementará el Registro Universal de Ingresos. /Foto - x (@DNP_Colombia)
Miércoles, 3 de Enero de 2024
Redacción Economía

EL DEPARTAMENTO Nacional de Planeación (DNP) hizo público el decreto para la creación del Registro Universal de Ingresos (RUI), mecanismo que busca clasificar a la población de acuerdo a su nivel de ingresos.

“El Departamento Nacional de Planeación, en cumplimiento de lo establecido en el numeral 8 del artículo 8 de la Ley 1437 de 2011, el artículo 2.1.2.1.14., del Decreto 1081 de 2015 modificado por el artículo 2 del Decreto 1273 de 2020 y la Resolución 1022 del 2017, pública el proyecto de Decreto por el cual se adiciona el Capítulo 6 al Título 8 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1082 de 2015, Único Reglamentario del Sector Administrativo de Planeación Nacional, con el fin de reglamentar el artículo 70 de la Ley 2294 de 2022, en lo relacionado con la administración e implementación del Registro Universal de Ingresos”, explica la página del DNP.

La medición que ubicará a los colombianos en diferentes niveles según sus ingresos, utilizará tres fuentes de información: los pagos realizados al Sistema General de Seguridad Social (SGSS), la liquidación del impuesto de renta, información de registros administrativos en dimensiones diferentes al ingreso y la información autodeclarada a la DIAN.

De acuerdo a lo informado por la DNP, el primer piloto iniciaría en el primer semestre del año en curso y finalizarían en el segundo semestre de 2025; mientras que la fase de implementación tendría lugar entre el segundo semestre de 2025 hasta finalizar el primer semestre de 2026.

“El proceso de transición de la oferta social finalizará después del segundo trimestre del 2026, fecha en la cual la definición de nuevos beneficiarios de programas deberá hacer uso de la información del Registro Universal de Ingresos, RUI”, detalla el documento.

Implementación

Uno de los primeros pasos para la implementación del RUI es el proceso de transición del Sistema de Identificación de Potenciales Beneficiarios de Programas Sociales (Sisbén) al Registro Universal de Ingresos, una transformación en la que se va a velar porque se siga garantizando la continuidad en el funcionamiento de los subsidios, programas, políticas, planes, proyectos y servicios de la oferta social.

Cabe resaltar que este se llevará a cabo en tres fases de acondicionamiento, desarrollo metodológico, operativo y tecnológico; y de implementación, que contará con procesos de sensibilización y divulgación.

“El presente capítulo tiene como objeto determinar el proceso de transición del Sistema de Identificación de Potenciales Beneficiarios de Programas Sociales (Sisbén) al Registro Universal de Ingresos (RUI) como único instrumento de focalización de los subsidios, programas, políticas, planes, proyectos y servicios de la oferta social, de conformidad con lo establecido en el artículo 70 de la Ley 2294 de 2023”, se puede leer en el decreto.

Relacionado con la implementación, la DNP manifestó que se realizará la respectiva sensibilización y divulgación a las entidades convenientes, así como también a los directamente involucrados, la ciudadanía.

“En la fase de implementación se deberá realizar un proceso de sensibilización y divulgación con las entidades administradoras de la oferta social para la apropiación del instrumento, quienes demandarán una curva de aprendizaje sobre la experiencia del intercambio de información, y el dinamismo en el ajuste de los criterios de focalización con base en los resultados de la metodología del Registro Universal de Ingresos (RUI). Así mismo, deberá realizarse este proceso con la ciudadanía para dar a conocer el nuevo modelo de ordenamiento”, añade el documento.

A su vez, el decreto de la creación del Registro Universal de Ingresos aclara que el RUI no tiene relación directa a la oferta social, por lo que no afecta el ingreso, permanencia y salida de los mismos.

“El Registro Universal de Ingresos es neutral frente a la oferta social y no afecta el ingreso, permanencia y salida de los mismos, tal atribución es competencia de las entidades que administren o ejecuten los diferentes programas sociales de acuerdo con la normativa vigente y aplicable, teniendo en cuenta su población objetivo, alcance y financiación”, dijo.