Se espera recaudo en cesantías cercano a $10 billones este año | El Nuevo Siglo
EL MINISTRO de Trabajo, Ángel Custodio Cabrera, señaló la importancia de las cesantías como mecanismo de ahorro de los trabajadores. /ENS
Lunes, 14 de Febrero de 2022
Redacción Economía

Hasta hoy 14 de febrero, las empresas podrán hacer las consignaciones de cesantías de los trabajadores a los diferentes fondos que se encargan del recaudo.

Para este año se tiene previsto que se obtengan depósitos alrededor de $10 billones, según previsiones de algunas administradoras de cesantías y pensiones.

Hay que tener en cuenta que las cesantías son una prestación social a la que tienen derecho los trabajadores formales en Colombia y equivalen a un mes de salario por cada año trabajado o proporcional al tiempo laborado. Es decir, si el empleado lleva seis meses trabajando, la liquidación de las cesantías se hará sobre ese periodo, no sobre el año completo.

De acuerdo con la Asociación Colombiana de Administradoras de Fondos de Pensiones y de Cesantías (Asofondos) en 2021 se recaudaron $9,22 billones.

Según Asofondos, las cesantías de los colombianos afiliados a Colfondos, Porvenir, Protección y Skandia alcanzaron un total de $16,2 billones y los afiliados a fondos privados de cesantías llegaron a 8,8 millones de trabajadores al cierre de 2021. La mayoría están colocados en créditos de vivienda de los mismos afiliados.

Retiros

El gremio precisó que el año pasado los colombianos retiraron alrededor de $7 billones, (13,2% más que en 2020), de los que $2,14 billones fueron para la compra de casa, y $1,63 billones para mejora y liberación de deuda en vivienda, lo cual implica que aproximadamente el 54% de los retiros totales se destinaron a estos usos.

De otro lado, actualmente el Fondo Nacional del Ahorro hoy tiene 1.693.739 afiliados con un total de recursos ahorrados en cesantías de $6,57 billones.

De otra parte, el Ministerio del Trabajo recordó a los empleadores del país la fecha límite para consignar en el fondo público o privado las cesantías de cada trabajador.

Recordó el ministro de Trabajo, Ángel Custodio Cabrera, que esta prestación social, debe pagarse a todo trabajador dependiente, que incluye personal del servicio doméstico, trabajadores por días y de tiempo parcial.    

Es de anotar que los trabajadores que reciben salario integral no reciben cesantías, ya que estas se encuentran incluidas en el 30% que se les otorga como factor prestacional.    



Contratos

De otra parte, se recomienda a los independientes o a aquellos que tengan contrato por prestación de servicios, ahorrar voluntariamente en un Fondo de Cesantías el equivalente a un mes de ingresos para que pueda tener así una previsión en caso de quedar cesante.   

Señaló el Gobierno que el propósito de las cesantías es ofrecer protección al trabajador cuando se encuentre cesante o sin empleo, sin embargo, puede hacer uso de las mismas con retiros parciales para adquisición o remodelación de vivienda y/o estudios de Educación Superior.   

Asimismo, la Dirección de Inspección de Vigilancia y Control del Ministerio del Trabajo, recordó a los empleadores que el no consignar las cesantías de los trabajadores a tiempo puede tener dos consecuencias: una sanción moratoria según lo contempla el numeral 3 del artículo 99 de la Ley 50 de 1990, que consiste en un día de salario por cada día de mora en la consignación; y si producto de un procedimiento sancionatorio adelantado por el Ministerio del Trabajo se encontrase responsable al empleador de no realizar el pago de la prestación social, la Inspección de Trabajo puede imponer multas que van entre $1.000.000 y $5.000.000.000.

De otro lado, el Ministerio de Trabajo indicó que el valor del auxilio de transporte o de conectividad digital debe tenerse en cuenta para la liquidación de las cesantías de aquellos trabajadores que devengan hasta dos salarios mínimos mensuales legales vigentes.